Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 068217N12

Dictamen N° 68.217, de 31 de octubre de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 68.217 Fecha : 31-X-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al móvil fiscal RP-2195, conducido por su funcionario, señor Oscar Eduardo Contreras Flores, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 28 de marzo de 2011, ese servidor se desplazaba en el referido móvil por calle Gilda Díaz, en persecución de un furgón particular, cuyos ocupantes habían cometido un robo, y próximo al acceso a la Ruta 5 Sur, en la comuna de Paine, el referido furgón, con la finalidad de evitar su detención, colisionó al vehículo policial, dándose, posteriormente, a la fuga, debiendo añadirse que, respecto de este acontecimiento, se efectuó la denuncia ante la Fiscalía Local de San Bernardo. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 120, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $1.021.500, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Oscar Eduardo Contreras Flores, por los daños ocasionados en el móvil fiscal RP-2195; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho ya descrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 068217N12, de 31 de octubre de 2012.

Más sobre Responsabilidad Civil y Exoneración

  • 1 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF186259

    La Contraloría concluye que, aunque no puede intervenir en asuntos litigiosos, sí puede pronunciarse sobre la responsabilidad administrativa ya conocida por tribunales; corresponde al Servicio de Salud Concepción evaluar los antecedentes y disponer, si procede, los sumarios pertinentes.

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D385

    Los trabajadores de corporaciones municipales que administren fondos públicos deben suscribir y mantener vigentes pólizas de fidelidad funcionaria, aunque no sean funcionarios públicos. Sobre los descuentos para financiarlas, corresponde resolver a la Dirección del Trabajo.

  • 27 de julio de 2026

    Dictamen N° OF141098

    La Contraloría concluye que el artículo 90 del Estatuto Administrativo obliga al servicio a asumir la defensa judicial del funcionario, no a reembolsarle gastos ya efectuados. En este caso no procede el reembolso porque el interesado no solicitó oportunamente esa defensa.

Todos los pronunciamientos sobre Responsabilidad Civil y Exoneración

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium