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Contraloría General de la República · N° 027190N13

Dictamen N° 27.190, de 3 de mayo de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 27.190 Fecha: 03-V-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Pablo Garrido Marín, funcionario del Hospital Clínico de la Universidad de Chile, para reclamar en contra de esa institución por cuanto, a su juicio, sus remuneraciones no se ajustarían a las labores de gásfiter que desempeñaría, según consta de la liquidación de sueldo que acompaña. Requerido su informe, el citado centro asistencial manifestó, en síntesis, que al peticionario no le asiste el derecho a percibir los emolumentos que requiere, por cuanto lo señalado en el mencionado documento es erróneo. Sobre el particular, cabe recordar que de conformidad a lo prescrito en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 3, de 1980, del Ministerio de Educación, en relación con el artículo 59 del decreto universitario N° 4.116, de 1990, de esa casa de estudios, ésta posee amplias facultades para determinar las remuneraciones de su personal, potestad que, en todo caso, no puede significar arbitrariedad, tal como se ha informado, entre otros, en los dictámenes N os 16.741, de 2003 y 30.307, de 2004, de este origen. En este entendido, de acuerdo a lo expresado por esa institución, se advierte que aquélla, en uso de sus atribuciones, ha fijado estipendios diferenciados para sus empleados, estableciendo montos distintos según las tareas que cumplan. Conforme lo anterior, de la documentación examinada, consta que el señor Garrido Marín se desempeña como titular en un empleo del estamento técnico de esa universidad, plaza que, de acuerdo a lo dispuesto en el decreto N° 4.116, de 1990, de la misma casa de estudios, no posee funciones específicas asignadas. hora bien, atendido que en la especie, la afirmación del recurrente de que desarrollaría labores de gásfiter, es rechazada por ese centro de salud, sin que los antecedentes acompañados permitan comprobar las tareas que efectivamente ejecuta, no resulta posible, por ahora, resolver la petición del interesado. Finalmente, cumple con hacer presente que el mencionado establecimiento ha señalado que procederá a ajustar las rentas del peticionario a las tareas que realizaría, esto es, las de carpintero. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 027190N13, de 3 de mayo de 2013.

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