Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 004583N19

Dictamen N° 4.583, de 13 de febrero de 2019

Texto del pronunciamiento

N° 4.583 Fecha: 13-II-2019 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que regulariza y aprueba convenio ad-referéndum para la ejecución de la obra “Conservación y reabastecimiento del servicio de Agua Potable Rural de Tijeral, comuna de Renaico, Región de la Araucanía”, por cuanto no se advierten las razones por las cuales esa dirección se habría visto impedida de acudir a la propuesta pública para la contratación de la ejecución de una obra como la de la especie. Lo anterior, tomando en cuenta el tiempo entre la dictación de la resolución exenta N° 545, de 30 de enero de 2018, de la misma repartición, que justificó el trato directo, y la suscripción del convenio el 23 de agosto del mismo año, sin que pueda estimarse que las circunstancias señaladas en la minuta explicativa de octubre de 2018, suscrita por el inspector fiscal, sea justificación suficiente. Por su parte, y en relación a la misma minuta, de los antecedentes tenidos a la vista, no se aprecia la titularidad de la totalidad del terreno en que se emplazarán las obras y si, efectivamente, según lo allí indicado, se realizaron las expropiaciones y su estado actual. Por otra parte, no se han acompañado antecedentes que den cuenta del título para extraer aguas desde el río Vergara así como de la posible afectación a eventuales derechos de aprovechamiento existentes, teniendo presente que las obras a ejecutar implican la captación del recurso hídrico desde dicho curso fluvial y la competencia que al respecto le corresponde a la Dirección General de Aguas. Finalmente, se advierten diferencias en las unidades de medida de diversas partidas, entre lo indicado en la parte I del Convenio -presupuesto convenido de las obras y cotización del contratista-, y lo señalado en la parte II, capítulo -Ítems 1.4.2, 1.4.4, 4.1.1, 4.1.8 a 4.1.12, 4.3.1 y 4.3.2-. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 004583N19, de 13 de febrero de 2019.

Más sobre Licitación y Ejecución de Obras

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF201979

    La Contraloría no da curso al documento que autoriza el trato directo y aprueba el contrato del proyecto de conservación del sistema de control de tránsito, ordenando al servicio aclarar la justificación de rubros ajenos al objeto, precisar el monto máximo y corregir cláusulas imprecisas.

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF201936

    La Contraloría concluye que el IND puede modificar los contratos para rebajar garantías y eliminar la exigencia de recepción municipal, pues el retraso deriva de decisiones de la propia Administración y no es imputable a los contratistas.

  • 19 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF198304

    La Contraloría toma razón del instrumento que dispone el término anticipado de un contrato de pavimento en Sierra Gorda, pero ordena al Servicio informar detalladamente sobre resoluciones, contratos, estado de la obra, fondos invertidos y personal a cargo en 20 días hábiles, y adoptar medidas para dictar oportunamente sus actos, dado el evidente retraso.

Todos los pronunciamientos sobre Licitación y Ejecución de Obras

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y Concesiones

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium