Contraloría General de la República · N° 063802N15
Dictamen N° 63.802, de 11 de agosto de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 63.802 Fecha: 11-VIII-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-5500, conducido por su funcionario, señor Eduardo Alejandro Iturra Rosas, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Sobre el particular, cabe anotar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 20 de agosto de 2014, mientras ese servidor permanecía con el aludido móvil detenido en la Avenida Las Parcelas, próximo a la intersección con calle Laguna San Pedro, en la comuna de Peñalolén, un bus particular que circulaba por dicha avenida, cuyo chofer, al no mantener una distancia razonable ni prudente respecto de la camioneta que le antecedía, la chocó, la cual, a su vez y por proyección, chocó al furgón policial, lo que el Departamento SIAT, en su oficio N° 218, de la misma anualidad, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 546, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $4.355.000, siendo esa especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Eduardo Alejandro Iturra Rosas, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-5500; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 063802N15, de 11 de agosto de 2015.
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