Contraloría General de la República · N° 068212N15
Dictamen N° 68.212, de 26 de agosto de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 68.212 Fecha: 26-VIII-2015 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, mediante la cual se modifica la resolución N° 157, de 2014, que aprueba un formato tipo de bases administrativas y demás antecedentes para el diseño de especialidades y construcción de jardines infantiles, pero cumple con hacer presente que entiende que los “cuerpos normativos” a que se hace alusión en el párrafo que se viene añadiendo al numeral 22 de las referidas bases, corresponden a la ley N° 19.886 y su reglamento, contenido en el decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Asimismo, cabe precisar que la garantía por concepto de anticipo, contemplada en la modificación al artículo 34° de las citadas bases que se sanciona, de acuerdo al inciso segundo del artículo 73 del referido decreto N° 250, deberá ser devuelta dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción conforme por parte de esa repartición, de los servicios suministrados con cargo al respectivo anticipo, lo que se ha omitido consignar. Finalmente, en lo sucesivo, el reverso de las páginas de los documentos que se remitan para su examen, deben aparecer inutilizadas con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, de acuerdo a la jurisprudencia administrativa de este organismo fiscalizador, contenida en los dictámenes N os 24.230, de 2005; 44.409, de 2010, y 2.241, de 2011, entre otros. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 068212N15, de 26 de agosto de 2015.
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