Contraloría General de la República · N° 047390N15
Dictamen N° 47.390, de 15 de junio de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 47.390 Fecha :15-VI-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2804, conducido por su funcionario, señor Adolfo Jesús Román Martínez, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de la documentación adjunta, aparece que con fecha 2 de diciembre de 2014, el referido servidor concurrió en el mencionado vehículo hasta el km. 114 de la Ruta J-60, en el sector Rancura, en la comuna de Licantén; una vez en el lugar, los manifestantes que efectuaban desórdenes en la vía pública, le lanzaron objetos contundentes y piedras al móvil policial, resultando éste con su parabrisas, luneta trasera y espejo retrovisor derecho quebrados. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 1, de 2015, del Taller Mecánico de la 1ª Comisaría Curicó, ascendieron a la suma de $ 843.710, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Adolfo Jesús Román Martínez, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2804. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 047390N15, de 15 de junio de 2015.
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