Contraloría General de la República · N° 011005N18
Dictamen N° 11.005, de 30 de abril de 2018
Texto del pronunciamiento
N° 11.005 Fecha: 30-IV-2018 La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que acepta oferta para la ejecución de la obra “Reposición Puentes Huechún, San Vicente de Macul y Las Parcelas; Comunas de Til Til, Pirque e Isla de Maipo; Provincias de Chacabuco, Cordillera y Talagante, Región Metropolitana" -regida por las “Bases administrativas para contratos de obras públicas de construcción y reposición total y reposición parcial de puentes, pasarelas y sus accesos, incluyendo su diseño definitivo" aprobadas por el decreto Nº 258, de 2010, del Ministerio de Obras Públicas-, teniendo presente, respecto de las observaciones formuladas mediante el oficio N° 7.967, de 2018, de este origen, lo manifestado en el oficio N° 3.453, de 10 de abril de 2018, suscrito por el Director de Vialidad, y los antecedentes acompañados en esta oportunidad. Sin embargo, respecto de la observación contenida en el citado oficio N° 7.967 -relativa al título exigido en las bases-, cumple con manifestar que, en lo sucesivo, deberán indicarse con precisión en los antecedentes que rigen licitaciones como las de que se trata, los títulos que se aceptarán para un determinado cargo. En lo que se refiere a la determinación de plazos máximos para la ejecución de contratos como el de la especie, cumple con señalar que si en el último tiempo se han adjudicado varios contratos de puentes con “plazos significativamente menores a los oficiales” -tal como indica esa dirección en su oficio N° 3.453, ya singularizado- la Administración se encuentra en el deber de que los plazos que fija en los llamados a licitación, se definan en concordancia con esa constatación, acorde con los principios de economía, eficiencia y eficacia. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe de División División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 011005N18, de 30 de abril de 2018.
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