Contraloría General de la República · N° E37010N25
Dictamen N° E37010, de 6 de marzo de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto la resolución representada y aprueba la liquidación final de la consultoría, aunque observa que el estudio no recoge los nuevos criterios sísmicos para puentes, por lo que la dirección deberá adoptar medidas y exigir al consultor explicaciones formales sobre la clasificación de suelo.
Texto del pronunciamiento
N° E37010 Fecha: 06-03-2025 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del epígrafe, que deja sin efecto la resolución que indica, -representada por el oficio Nº E493419, de 2024-, y aprueba liquidación final de la consultoría “Estudio de Ingeniería, Mejoramiento Pasadas Urbanas Ruta 90, sector San Fernando - Santa Cruz, Región de O'Higgins”, teniendo presente, en relación con las observaciones formuladas en dicho oficio, lo manifestado en la minuta de 11 de noviembre de 2024, suscrita conjuntamente por el Jefe del Departamento de Administración y Gestión de Contratos y el Inspector Fiscal, así como en los demás antecedentes que se acompañan en esta oportunidad. Sin embargo, cabe hacer presente -considerando que el estudio no recoge los nuevos criterios sísmicos para el diseño de puentes en Chile, establecidos a través de la resolución exenta Nº 2.837, de fecha 29 de junio de 2017 de esa dirección-, que los proyectos cuya ejecución de obras licite esa repartición deben encontrarse debidamente actualizados y totalmente afinados, por lo que en el caso de que se trata se deberán adoptar, en su momento, las medidas correspondientes para proceder en consecuencia. Además, esa dirección, en lo sucesivo y respecto de consultorías que comprendan puentes, como ocurre en la especie, deberá exigir al consultor, en relación con la determinación del tipo de suelo, una explicación formal que detalle la manera en que aplica al caso específico la tabla del punto 3.1004.308.B del Manual de Carreteras y, en el evento de que ese caso no permita seguir esas reglas, los fundamentos por los cuales ello no es posible, así como las razones precisas por las cuales se da al suelo una determinada clasificación (aplica oficios N os E134120, de 2021, E179968, de 2022, E345781, de 2023, y E518479, de 2024, todos de este origen). Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E37010N25, de 6 de marzo de 2025.
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