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Contraloría General de la República · N° E140770N21

Dictamen N° E140770, de 22 de septiembre de 2021

Texto del pronunciamiento

N° E140770 Fecha: 22-IX-2021 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que deja sin efecto resolución que indica, representada mediante oficio N°18.623 de 2018, de este origen, y aprueba liquidación final del contrato “Construcción colector interceptor Alameda, etapa 3, CI N°01 a CI N°06; CI N°20 a CI N°36, obras anexas etapa 2; y obras de captación superficial, ciudad de Rancagua, VI Región”, por cuanto lo manifestado en la minuta de agosto de 2021, sin firma, que se adjunta a los antecedentes, no permiten superar totalmente las observaciones formuladas en el singularizado oficio. Así, respecto a la verificación de la economía efectiva -a que se refiere el artículo 107 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por decreto N° 75 de 2004, del Ministerio de Obras Públicas-, se omite acompañar los anexos del convenio modificatorio N° 1, sancionado por resolución exenta N° 9.383, de 2010, de esa dirección. Tampoco se adjunta la minuta de agosto de 2021, del jefe del Departamento de Construcción de Obras de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvia, citada en los vistos del acto en examen. En lo que se refiere a la documentación de respaldo de las multas cursadas, deberá remitirse copia legible de las anotaciones realizadas el 12 de julio de 2010 -folio 42 del libro de obras N° 1- y el 28 de agosto del mismo año -folio 12 del libro de obras N° 2-, que fundamentan las multas de los estados de pago Nos 4 y 5, respectivamente. Por su parte, acerca de la reajustabilidad diversa aplicada a los estados de pago, si bien en la tabla del Anexo N° 3 del estado de pago N° 16 -de 30 de diciembre de 2020- se efectúa un recálculo, el valor consignado en la columna “Monto del Estado de Pago a Reajustar”, respecto de los estados de pago N os 2, 10 y 12, es distinto al de sus carátulas, siendo necesario que se aclare tal discrepancia. Finalmente, debe adjuntarse el documento que fundamenta el mecanismo de recálculo de reajustes empleado, y el acta que se aprueba y transcribe en el resuelvo 2° del acto en examen. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E140770N21, de 22 de septiembre de 2021.

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