Contraloría General de la República · N° 074816N13
Dictamen N° 74.816, de 18 de noviembre de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 74.816 Fecha: 18-XI-2013 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 2.318, de 2013, de la Universidad de Santiago de Chile que, en su artículo primero, concede por una sola vez un bono por la suma que indica a los funcionarios que participaron en el modelo de Finanzas, del proyecto People Soft y, en su artículo segundo, una asignación por el desarrollo de proyectos institucionales a profesionales y administrativos, por el monto que señala, que se pagará mientras el trabajador desempeñe la función, por cuanto no se ajusta a derecho. Sobre el particular, cumple con manifestar que de acuerdo con el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 3, de 1980, del entonces Ministerio de Educación Pública, en relación con los artículos 11, letra m), número 5 y 18, letra f), número 5, del Estatuto Orgánico de la Universidad de Santiago de Chile, aprobado por el decreto con fuerza de ley N° 149, de 1981, de la misma Secretaría de Estado, corresponde a la Junta Directiva, a requerimiento del Rector, aprobar el sistema de remuneraciones del personal de dicha casa de estudios. De este modo, si bien la autoridad administrativa de esa universidad posee facultades para fijar las remuneraciones de sus funcionarios, las que en las situaciones de la especie cumplen con la exigencia de una debida motivación, según da cuenta la parte considerativa del decreto, se omite establecer cómo se determinarán los proyectos institucionales a que se refiere el artículo segundo y los servidores que intervendrán en los mismos y que serán los beneficiarios de la asignación, situación esta última que también acontece respecto del bono previsto en el artículo primero. Finalmente, no se acredita que ocupe el empleo de Secretario General el funcionario que suscribe en dicha calidad el certificado en que consta el respectivo acuerdo adoptado por la Junta Directiva, teniendo en cuenta que aquel es el Ministro de Fe de las actuaciones de la Universidad, de acuerdo con el artículo 14 del citado decreto con fuerza de ley N° 149, de 1981. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo individualizado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 074816N13, de 18 de noviembre de 2013.
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