Contraloría General de la República · N° 002371N20
Dictamen N° 2.371, de 28 de enero de 2020
Texto del pronunciamiento
N° 2.371 Fecha: 28-I-2020 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba una modificación al contrato de “Asesoría a la Inspección Fiscal para la Construcción de la Obra: Hospital Félix Bulnes”, pero cumple con hacer presente que el documento en examen ha sido dictado con retraso, toda vez que data del 27 de diciembre de 2019, en circunstancias que el convenio que aprueba es de fecha 21 de febrero de ese año. Atendido lo expuesto, en lo sucesivo, ese servicio deberá adoptar las medidas que sean necesarias a fin de que los actos administrativos sean emitidos oportunamente, tal como se ha señalado reiteradamente, entre otros, en los dictámenes N° s 19.992 y 44.028, ambos de 2017, 19.153 y 19.835, ambos de 2018, y 31.831 y 33.057, ambos de 2019, de este origen. Sin perjuicio de lo anterior, en lo meramente formal, corresponde anotar que en los vistos del acto administrativo en estudio, y en el convenio en lo pertinente, se omitió mencionar la resolución exenta N° 1.215, de 2019, de esa dirección; también el carácter de exenta de la resolución N° 4.141, de 2015, de la Dirección General de Obras Públicas, a que se alude en el cuarto vistos y tercer considerando del instrumento en examen, y en las cláusulas segunda, sexta y undécima del convenio que autoriza, y que el decreto con fuerza de ley N° 7, de 2018, a que se refiere el décimo vistos y duodécimo considerando del acto del epígrafe, es del Ministerio de Obras Públicas. Luego, es del caso señalar, en relación con el resuelvo N° 7 del acto administrativo en examen, que la imputación presupuestaria de gastos se encuentra incompleta, debiendo efectuarse a la partida 12, capítulo 03, programa 01, lo que allí no se contempla. Finalmente, es dable hacer presente que a la fecha aún no se ha tramitado totalmente el acto administrativo pertinente que formalice la resolución exenta N° 359, de 2018, de la Dirección General de Obras Públicas, que modificó el contrato de concesión de la referida obra por razones de interés público y urgencia -y que sirve en parte de antecedente del documento en examen-, no importando la presente toma de razón pronunciamiento alguno respecto de la procedencia de esa modificación (aplica criterio de dictámenes N os 85.054, de 2016, 25.179, de 2017, 12.265, de 2018, 31.823, de 2019, y 629, de 2020, todos de este origen). Con los alcances precedentes, se ha tomado razón de la resolución de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 002371N20, de 28 de enero de 2020.
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