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Contraloría General de la República · N° 046228N13

Dictamen N° 46.228, de 23 de julio de 2013

Texto del pronunciamiento

N°46.228 Fecha: 23-VII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Rubén Gómez Ramírez, exfuncionario de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, para solicitar un pronunciamiento que determine si le asiste el derecho al pago de las cantidades que se le adeudarían por concepto de asignación de antigüedad, agregando que en octubre de 2007 se reclamó al servicio dicho entero, de lo que no recibió respuesta. Requerido su informe, ese organismo señaló, en síntesis, que las acciones respectivas se encuentran actualmente prescritas. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 6° del decreto ley N° 249, de 1973, expresa que el beneficio en estudio, se concederá en favor de los trabajadores de planta o a contrata por cada dos años de servicios efectivos en un mismo grado, y se devengará automáticamente desde el 1° del mes siguiente a aquel en que se hubiere cumplido el bienio respectivo. Ahora bien, acorde con lo establecido en el artículo 99 de la ley Nº 18.834, en relación con el artículo 98, letra f), de ese cuerpo normativo, el derecho al cobro del estipendio en análisis prescribe en el plazo de seis meses contado desde que se hizo exigible, término que se interrumpe con la solicitud formal del interesado reclamando su percepción, tal como se informó en el dictamen Nº 58.974, de 2011, de este origen. Conforme lo anterior, el peticionario ha acompañado el oficio N° 2.253, de 9 de octubre de 2007, de la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez Occidente, que señala que diversos funcionarios de esa dependencia -entre ellos, el afectado- habrían requerido el pago del beneficio que reclama, razón por la cual debe entenderse que a partir de esa data, éste interrumpió la prescripción de que se trata. En consecuencia, esa institución tendrá que regularizar la situación del recurrente, considerando la fecha antes mencionada para efectos de determinar los enteros que procedan. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 046228N13, de 23 de julio de 2013.

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