Contraloría General de la República · N° E519783N24
Dictamen N° E519783, de 29 de julio de 2024
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba una modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal, con alcances: se dictó con retraso, hay errores en montos y omisiones formales, y ordena emitir los actos oportunamente.
Texto del pronunciamiento
N° E519783 Fecha: 29-VII-2024 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba una modificación del contrato de “Asesoría a la Inspección Fiscal para la Explotación de Obras Viales Concesionadas: Grupo Interurbano Centro Costa 2”, pero cumple con hacer presente que el documento en examen ha sido dictado con retraso, toda vez que data del 9 de julio de 2024, en circunstancias que el convenio que aprueba es de fecha 10 de diciembre de 2023. Atendido lo expuesto, en lo sucesivo, ese servicio deberá adoptar las medidas que sean necesarias a fin de que los actos administrativos sean emitidos oportunamente, tal como se ha sostenido reiteradamente por este Organismo de Control, entre otros, en los dictámenes Nos E242457 y E264341, ambos de 2022, E389452 y E406640, ambos de 2023, y E485313 y E508899, ambos de 2024, todos de este origen y dirigidos a esa entidad. Adicionalmente, y como también se ha expresado en forma reiterada -entre otros, en el ya citado dictamen Nº E508899, de 2024-, el acto administrativo que aprueba la reprogramación de recursos estipulada ha debido dictarse oportunamente, de modo tal que el control previo de juridicidad que se lleve a cabo pueda efectuarse en forma eficaz y no se refiera a situaciones jurídicas consolidadas, lo que ocurre en la especie, atendida la época en la que incide la modificación. En lo meramente formal, cumple con señalar que los montos de las modificaciones números 1 y 2 del cuadro del numeral 5 “Presupuestos y Cronogramas” del convenio que se aprueba, deben ser $156.404.476 y $96.394.474, respectivamente, y no como allí se indica. Enseguida, cabe consignar que el numeral 2 del acto administrativo en examen omitió mencionar las modificaciones efectuadas mediante las resoluciones Nos 129, de 2021 y 93, de 2022, de ese servicio; y que en el visto N° 14 del acto en examen se omite indicar la procedencia del decreto MOP N° 181, de 2022. Con los alcances precedentes, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República (S). OSVALDO VARGAS ZINCKE Jefe de División
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E519783N24, de 29 de julio de 2024.
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