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Contraloría General de la República · N° 004806N20

Dictamen N° 4.806, de 19 de febrero de 2020

Texto del pronunciamiento

N° 4.806 Fecha: 19-II-2020 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que regulariza lo obrado y aprueba convenio ad referéndum N° 5, de la consultoría “Diseño de obras fluviales y de control aluvional cuenca del Río Tránsito, comuna de Alto del Carmen, región de Atacama”, por cuanto no se advierten las razones por las cuales el acuerdo que se analiza es aprobado por resolución de esa autoridad, si se considera que la resolución adjudicatoria emanó del Ministerio de Obras Públicas y lo dispuesto en el inciso primero del artículo 58 del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría (aplica oficio N° 3.297, de 2020, de este origen). Por otra parte, en lo meramente formal, en el primero de los vistos del acto en examen se omitió precisar que los decretos con fuerza de ley que se citan son del Ministerio precitado. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 004806N20, de 19 de febrero de 2020.

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