Contraloría General de la República · N° 023416N13
Dictamen N° 23.416, de 18 de abril de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 23.416 Fecha: 18-IV-2013 Don José Luis Aedo Monsalve, en representación de la Sociedad Educacional Centro de Desarrollo del Lenguaje para la Integración Limitada, sostenedora del establecimiento educacional Centro de Desarrollo del Lenguaje, reclama contra la legalidad de la resolución exenta N° 378, de 2011, de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana, en razón de la falta de tipicidad del cargo formulado y de ausencia de proporcionalidad en la multa a beneficio fiscal del 25% de una Unidad de Subvención Educacional por alumno, que le fue aplicada a ese establecimiento educativo en el proceso administrativo de subvenciones sustanciado en su contra. Además, impugna la resolución exenta N° 5.433, de 2012, de la Subsecretaría de Educación, que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto sobre la materia. Requerido su informe, la aludida Subsecretaría señala que en el proceso se ponderaron los descargos presentados por la sostenedora, quien explicó las causas que motivaron el error de haber matriculado a un alumno en el nivel kinder sin tener la edad reglamentaria para tal curso, confirmándose el cargo y la sanción impuesta. En cuanto a la inadmisibilidad del recurso de apelación, agrega que tal decisión obedece a que la sanción impuesta al colegio era inferior al 20% de la subvención mensual a percibir. Sin perjuicio de lo anterior, añade que con motivo de los fundamentos de la presentación en estudio, principalmente en lo relativo a que la conducta sancionada no se encuentra regulada expresamente como figura infraccional autónoma y no tiene establecida una sanción específica, esa Secretaría de Estado procedió a revisar el cargo formulado, concluyendo que las normas infringidas fueron incorrectamente invocadas, razón por la cual procederá a invalidar la citada resolución exenta N° 378, de 2011. Como puede advertirse, la situación reclamada por el peticionario se encuentra en vías de ser superada, por lo que no es necesario emitir el pronunciamiento requerido. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 023416N13, de 18 de abril de 2013.
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