Contraloría General de la República · N° 048845N12
Dictamen N° 48.845, de 9 de agosto de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 48.845 Fecha : 09-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Claudio Andrés Valenzuela Olave, ex funcionario de Carabineros de Chile, para solicitar, por las razones que expone, se deje sin efecto su baja de esa institución policial por conducta mala, con efectos inmediatos. Requerido su informe, el mencionado organismo policial ha manifestado, en síntesis, que se dispuso el alejamiento del interesado por la aludida causal, ordenándose la instrucción de un sumario administrativo que no se encontraría afinado. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 127, N° 4, inciso quinto, del decreto N° 5.193, de 1959, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Selección y Ascensos, dispone que los funcionarios podrán ser eliminados por conducta mala, por la comisión de una falta de tal gravedad que haga inconveniente su permanencia en la Institución, sin expresar nota de conducta hasta la terminación de la pieza sumarial o de la investigación, oportunidad en la cual se deberá fijar la nota que en definitiva les corresponda, o bien, modificar o dejar sin efecto la causal de baja, según el mérito del sumario o investigación. Como es dable advertir, la citada normativa permite que cuando concurran los supuestos indicados, la baja sea dispuesta por la autoridad policial, la que, en todo caso, tiene el carácter de condicional, pues se encuentra sujeta al resultado final de la investigación que debe instruirse al efecto, como se informó en los dictámenes N os 2.361, de 2009 y 13.215, de 2010, de este origen. En este contexto, resulta necesario destacar que esta Entidad Fiscalizadora, en sus dictámenes N os 39.621, de 2008 y 46.744, de 2009, entre otros, precisó que la evaluación de antecedentes y la calificación de mayor o menor gravedad de la falta cometida que da lugar al licenciamiento con efectos inmediatos, queda entregada a la autoridad competente de Carabineros de Chile, debiendo el interesado presentar las alegaciones que estime pertinentes en el respectivo proceso disciplinario, el que, según informó esa institución policial, se encuentra en tramitación. Por consiguiente, cabe concluir que el licenciamiento del señor Claudio Andrés Valenzuela Olave, por conducta mala, con efectos inmediatos, se ajustó a la normativa que regula la materia, lo cual es sin perjuicio, por cierto, de lo que, en definitiva, se resuelva al término del respectivo procedimiento sumarial, tal como se informó, para una situación similar, en el dictamen N° 54.429, de 2011, de este Organismo de Control. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 048845N12, de 9 de agosto de 2012.
Más sobre Carabineros de Chile
-
El dictamen concluye que fue procedente que Carabineros cobrara intereses sobre el anticipo entregado para comprar un helicóptero, pues las bases y el contrato lo contemplaban y la operación se rigió por la ley N° 18.928.
-
La Contraloría toma razón del documento que aprueba la compraventa de un inmueble de la Dirección de Bienestar de Carabineros, con alcances: antes de su total tramitación debe informarse al Minvu y a la Comisión Mixta de Presupuestos, y deben corregirse omisiones en la transcripción del contrato.
-
La atención psicológica temprana por denuncias de acoso o violencia laboral debe otorgarse de inmediato al funcionario contratado por resolución que la solicite, sin sumario ni investigación previa, financiándose con cargo a gastos por prestaciones de seguridad social, sin reembolso posterior.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Fuerzas Armadas, de Orden y Gendarmería, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Fuerzas Armadas, de Orden y Gendarmería¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.