Contraloría General de la República · N° 089795N15
Dictamen N° 89.795, de 11 de noviembre de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 89.795 Fecha: 11-XI-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3718, conducido por su funcionario, señor Mario Enrique Maldonado Farías, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 28 de mayo de 2013, ese servidor se desplazaba en el referido móvil por una calle que no se individualiza de la comuna de Puente Alto, que se encontraba inundada por acumulación de aguas lluvias, deteniéndose dicho vehículo, producto de haber ingresado agua a su motor, sin que se encuentre incorporado algún antecedente que permita concluir que el referido desperfecto no se produjo por un error del mencionado empleado. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 492, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $2.027.460, siendo tal especie reparada y dada de alta para la institución, sin que se especifique a cuál de los tres arreglos efectuados al citado automóvil fiscal, corresponde esta suma. Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a la imprecisión y vaguedad de los antecedentes incorporados al procedimiento administrativo incoado al efecto, relativos a la circunstancia en que se produjo el perjuicio al patrimonio fiscal, no resulta posible que, respecto del señor Mario Enrique Maldonado Farías, se haga uso de la facultad contenida en el mencionado artículo 62. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 089795N15, de 11 de noviembre de 2015.
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