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Contraloría General de la República · N° 010854N17

Dictamen N° 10.854, de 30 de marzo de 2017

Texto del pronunciamiento

N° 10.854 Fecha: 30-III-2017 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución individualizada en el epígrafe, a través de la cual se establece que el fallecimiento del señor Rafael Antonio Montecino Espinoza, exfuncionario de Gendarmería de Chile, se produjo como consecuencia de un acto determinado del servicio, por no ajustarse a derecho. Sobre el particular, examinado el expediente sumarial, consta que en el formulario para remitir fallecidos al Servicio Médico Legal, a fojas 46, se diagnosticó que la muerte del occiso ocurrió por un traumatismo encéfalo craneano grave producido por suicidio mediante arma de fuego. Asimismo, mediante el oficio N° 3.180, de 2015, de la Comisión Médica Local de Gendarmería de Chile, se le informó al Director Regional de Valparaíso, que acorde a los antecedentes clínicos del sumario, el fallecimiento del señor Montecino Espinoza se calificó como suicidio, y que, si bien los sucesos que llevaron a la defunción ocurrieron durante el servicio, la patología que provoca la muerte del mencionado exfuncionario no tiene relación con las labores propias del servicio. Ahora bien, la jurisprudencia de esta Entidad de Control contenida, entre otros, en los dictámenes N os 3.326, de 1993, y 16.223, de 2011, ha precisado, en lo pertinente, que para que un accidente pueda ser calificado como ocurrido en actos del servicio, requiere necesariamente una relación de causalidad entre el trabajo realizado y la lesión sufrida y, además, que aquel surja como un fenómeno externo al sujeto, a quien debe afectar de manera imprevista y violenta por la acción exclusiva de agentes exteriores a su organismo, lo que no sucede en la especie, toda vez que la lesión que causó la muerte del aludido exservidor fue autoinferida, emanando de esta forma de su propia voluntad, por lo que debe concluirse que la causa de su fallecimiento no fue el resultado de un acto de servicio u ocurrido con ocasión de este. En consecuencia, atendido lo expuesto, se representa la resolución individualizada en la suma. Transcríbase a la Contraloría Regional de Valparaíso. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 010854N17, de 30 de marzo de 2017.

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