Contraloría General de la República · N° 060592N12
Dictamen N° 60.592, de 1 de octubre de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 60.592 Fecha: 01-X-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados a la motocicleta fiscal M-2572, de cargo de la 2ª Comisaría Coquimbo, conducida por el funcionario de esa institución policial, señor Cristián Richard Órdenes Zuleta, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con la atribución que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes acompañados, aparece que el día 11 de noviembre de 2010, el aludido servidor se desplazaba en la citada motocicleta por calle Manuel Rodríguez, en dirección al oriente, y al llegar a la intersección con calle Diego Portales, en la ciudad de Coquimbo, fue colisionado por un vehículo particular que ingresó al cruce de vías sin respetar el derecho preferente de paso del móvil policial, a lo que se encontraba obligado por enfrentar una señal PARE, lo que la Sección I.A.T. La Serena, en su oficio N° 27, de 2010, que rola a fojas 5 a 7 de autos, estableció como causa basal del accidente de que se trata. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el informe técnico N° 12, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, agregado a fojas 62 a 64 del expediente, ascenderían a la suma de $1.527.000, resolviendo la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 85, de 2011, inserta a fojas 97 y 98 del respectivo proceso sumarial, dar de baja dicha especie. Ahora bien, es menester señalar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que al término del procedimiento que para estos efectos se incoare, se acredite que el detrimento o extravío de aquél no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Sargento 2° de Carabineros, señor Cristián Richard Órdenes Zuleta, por los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-2572. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 060592N12, de 1 de octubre de 2012.
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