Contraloría General de la República · N° E297943N23
Dictamen N° E297943, de 12 de enero de 2023
Sumario
La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto una resolución y aprueba la liquidación final de una consultoría vial, pues la minuta y antecedentes adjuntos no superan todas las observaciones del oficio N° E266666, de 2022.
Texto del pronunciamiento
N° E297943 Fecha: 12-I-2023 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que deja sin efecto resolución que indica -representada por el oficio N° E266666, de 2022- y aprueba liquidación final de la consultoría “Estudio de Ingeniería Mejoramiento Ruta S-941 y S/Rol, Cr. Ruta 199-CH (Palguin) – Límite Regional Sur, Región La Araucanía y Mejoramiento Ruta S/Rol, Cr. Ruta T-243 (Coñaripe) – Límite Regional Norte, Región de Los Ríos”, por cuanto lo manifestado en la minuta de 19 de diciembre de 2022, suscrita por el Jefe de Departamento de Proyectos Viales Urbanos, el inspector fiscal y el funcionario del Departamento de Administración y Gestión de Contratos que allí se identifica, así como sus antecedentes adjuntos, no permiten superar todas las observaciones formuladas en el oficio ya citado. Así, en cuanto a la fecha exacta, con posterioridad a la aprobación de la consultoría, en que el trabajo final impreso fue entregado, cabe anotar que se acompaña una carta de febrero de 2021 de la consultora informando que abordó observaciones formuladas al informe final, en circunstancias que la aprobación final de la consultoría tuvo lugar el 21 de septiembre de 2021 -como consta en el considerando segundo del acto administrativo en examen-, sin que pueda colegirse con precisión la fecha de entrega. Luego, respecto a la clasificación del suelo en que se emplazarán los 10 puentes incluidos en el estudio -acorde a la tabla 3.1004.308.B del Volumen 3 del Manual de Carreteras-, la información enviada esta vez da cuenta del incumplimiento de los espesores del estrato para la determinación del tipo de suelo asignado. Por último, acerca del puente Chinay 2, además, se omite informar la resistencia a la compresión uniaxial de probetas intactas, que permitiría clasificar el suelo como tipo I, acorde con la tabla mencionada. Saluda atentamente a Ud., MARÍA ISABEL CARRIL CABALLERO Subjefe de División (S)
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E297943N23, de 12 de enero de 2023.
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