Contraloría General de la República · N° E102355N21
Dictamen N° E102355, de 4 de mayo de 2021
Texto del pronunciamiento
N° E102355 Fecha: 04-V-2021 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba liquidación final del contrato “Conservación de emergencia protección de ribera sector Boca Budi, comuna de Saavedra, Región de La Araucanía”, por cuanto se requiere una explicación detallada acerca de las problemáticas que se plantearon con ocasión de la tramitación de la modificación N° 3 del contrato. Lo anterior, por cuanto si bien, de los antecedentes tenidos a la vista se advierte que dicha modificación se suscribió una vez verificado el término contractual y ejecutados los trabajos, en la resolución exenta N° 868, de 2020, de la Dirección de Obras Portuarias -que elevó a sumario administrativo la investigación sumaria iniciada sobre la materia-, se consignan prevenciones acerca de si las obras de dicha modificación eran indispensables para llevar a buen término la contratación y su fundamentación, lo cual incide en la presente liquidación. Además, acerca de la misma modificación N° 3 -aprobada por la resolución exenta N° 333, de 2020, de la aludida dirección-, se requiere que se acompañen los antecedentes que acreditan las reuniones a actores relevantes antes del inicio de las obras y un detalle respecto de la solución técnica finalmente implementada, lo que resulta necesario atendido lo consignado en el Anexo N° 1, Informe Técnico, del convenio modificatorio, en cuanto señala que “no se tuvo presente el uso ancestral de la zona histórica de desagüe del lago, y que con el actual proyecto se vería afectada en aproximadamente 30 m. desobedeciendo la naturaleza propia del lago en su sector ancestral de evacuación hacia el mar razón por la cual las comunidades en comento exigen que la obra en su extremo sur finalice en el Km. 390 y no de acuerdo a la solución proyectada inicialmente en el km. 420”. Enseguida, no se ha acompañado copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil ante terceros, ni sus endosos correspondientes. Por último, se requiere, además, un informe acerca del estado actual del aludido sumario. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E102355N21, de 4 de mayo de 2021.
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