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Contraloría General de la República · N° E196339N25

Dictamen N° E196339, de 18 de noviembre de 2025

Sumario

La Contraloría no da curso a la resolución del Instituto de Seguridad Laboral que modificaba un contrato ya vencido, pues las modificaciones deben suscribirse durante su vigencia; además, advierte que la renovación solo procedía una vez.

Texto del pronunciamiento

N° E196339 Fecha: 18-11-2025 Esta Contraloría General no ha dado curso a la resolución del rubro, a través de la cual el Instituto de Seguridad Laboral aprueba la modificación al contrato renovado que se indica, suscrito con la empresa Sociedad de Profesionales Ergonomía Mac Limitada, por cuanto dicha modificación ha sido suscrita el 6 de octubre de 2025, en circunstancias que la vigencia del contrato renovado culminó antes, esto es, el 5 de octubre de esta anualidad, lo que no se aviene con el artículo 13 de la ley N° 19.886, que dispone que los contratos regidos por dicha ley solo podrán modificarse durante su vigencia (aplica el dictamen N° E464046, de 2024, de este origen). Sin perjuicio de lo anterior, cabe hacer presente que de conformidad con el artículo 12 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda -normativa por la que se rigió el convenio primitivo- la renovación de un contrato solo podrá establecerse por una vez, por lo que no pudo pactarse la ampliación de esta, como se indica en el acto administrativo de la especie. En consecuencia, se representa el instrumento señalado. Saluda atentamente a Ud. Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E196339N25, de 18 de noviembre de 2025.

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