Contraloría General de la República · Compras Públicas (Ley 19.886)
Ejecución y Modificación del Contrato
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Ejecución y Modificación del Contrato, del más reciente al más antiguo.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), que incluye Ejecución y Modificación del Contrato, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)Pronunciamientos
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La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.
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La Contraloría toma razón de la resolución del Fondo Nacional de Salud que aprueba el segundo aumento de un contrato de prestaciones de salud, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas, sin superar el monto máximo de la contratación, y deberá mejorar sus estimaciones técnicas y respetar la sujeción a las bases e igualdad de trato.
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La Contraloría no da curso a la resolución que aprueba el contrato de administración de cartera con BCI Asset Management, porque varias cláusulas no están contempladas en las bases de licitación y otras regulan incompletamente la materia, vulnerando la libre concurrencia e igualdad ante las bases.
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La Contraloría no da curso a la resolución que aprueba el contrato de administración de cartera con Santander Asset Management, porque contiene cláusulas no previstas en las bases y regulación incompleta que vulnera la libre concurrencia e igualdad ante las bases.
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La Contraloría concluye que el IND puede modificar los contratos para rebajar garantías y eliminar la exigencia de recepción municipal, pues el retraso deriva de decisiones de la propia Administración y no es imputable a los contratistas.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el contrato con Aporte Urbano Ingeniería Limitada, con alcances: corrige una referencia interna y ordena ajustar las fianzas al plazo completo. Además, instruye planificar y tramitar oportunamente futuras contrataciones.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba una modificación al contrato con MSLI LATAM INC., con el alcance de que el Servicio Agrícola y Ganadero deberá indicar en lo sucesivo el monto imputado al presupuesto del año en curso.
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La Contraloría toma razón con alcances de la resolución que aprueba el contrato de licenciamiento Microsoft, precisando que el pago en dólares se hará en pesos y que el término anticipado solo procede por las causales específicas señaladas.
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La Contraloría toma razón del documento que deja sin efecto resoluciones y aprueba un convenio y su adenda para modificar el contrato de asesoría de inspección fiscal de cuatro hospitales, por tratarse de una regularización de lo obrado. Además, instruye al servicio adoptar medidas para que futuras reprogramaciones se aprueben oportunamente, dado el evidente retraso.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación del contrato con Net Now Tecnología y Computación S.A., con alcances: la Junta debe dictar oportunamente un acto que se pronuncie directamente sobre el caso fortuito invocado y evaluar usar los mecanismos de ChileCompra.
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La Contraloría concluye que el SII actuó correctamente al multar a ITQ con 220 UF por incumplir el plazo de reposición del servicio SOC, pues la falla de su proveedor de internet le es inoponible y la multa se calculó según las bases.
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El dictamen concluye que fue procedente que Carabineros cobrara intereses sobre el anticipo entregado para comprar un helicóptero, pues las bases y el contrato lo contemplaban y la operación se rigió por la ley N° 18.928.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases de una licitación privada, con alcances: el servicio debe precisar la base de cálculo de las multas y no se aplican ciertas exigencias del pliego sobre entregas por lotes y ofertas simultáneas.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de suministro de un fármaco con Merck, con alcances: no procede hacer efectiva la garantía si el contrato termina por consumirse el 100% de las unidades, y el servicio debe remitir oportunamente futuros convenios para control preventivo.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba las bases, anexos y contrato tipo de la licitación de textos escolares 2027, con alcances: en aclaraciones debe precisarse que el pago de 30 días corre desde la factura, y corregirse el título del Anexo N° 1.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación de un contrato, con el alcance de que el servicio debe remitir oportunamente sus actos para control preventivo, pues este ingresó con evidente retraso.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el aumento contractual entre el FONASA y la Sociedad Médica de Establecimientos Clínicos de Salud S.A., con alcances: solo se pagan prestaciones efectivamente otorgadas y sin superar el monto máximo.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación de un contrato, con el alcance de que en lo sucesivo los actos que aprueben acuerdos de voluntades deben remitirse oportunamente a control preventivo, pues este se envió con evidente retraso.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación del contrato con Agencia de Viajes Turavion SpA, con el alcance de que se omitió indicar en ella la escritura que acredita la personería de su representante.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la contratación del servicio de evaluaciones 2026, con alcances: los pagos con cargo a presupuestos futuros requieren disponibilidad presupuestaria y el contrato debe consignar las acciones judiciales por divulgación de información.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el segundo aumento contractual entre FONASA y Clínica Bio Bío SpA, con alcances: solo se pagan prestaciones efectivamente otorgadas, sin superar el monto máximo, y FONASA debe mejorar sus estimaciones e igualdad de trato.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación del servicio de evaluaciones 2026, con alcances: los pagos con cargo a presupuestos futuros quedan sujetos a disponibilidad presupuestaria y las acciones por divulgación de información deben consignarse en esos términos.
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La Contraloría toma razón de la resolución de FONASA que aprueba el aumento del contrato con Clínica Andes Salud Chillán, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas y respaldadas, sin superar el monto máximo, y FONASA deberá mejorar sus informes técnicos económicos futuros.
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La Contraloría toma razón de la resolución del Fondo Nacional de Salud que aprueba el segundo aumento de un contrato de prestaciones de salud, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas y sin superar el monto máximo fijado en la cláusula cuarta de la modificación.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento del contrato con la Clínica Bicentenario SpA, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas y sin superar el monto máximo fijado.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento de un contrato de prestaciones no GES quirúrgico, con alcances: solo se pagará lo efectivamente otorgado y respaldado, sin superar el monto máximo del contrato, y deberán corregirse las estimaciones futuras y respetarse las bases e igualdad de trato.
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La Contraloría toma razón de la resolución del FONASA que aprueba el aumento de un contrato de prestaciones de salud, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas y respaldadas, sin superar el monto máximo fijado en la cláusula cuarta de la modificación.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento de un contrato de prestaciones, con alcances: solo se pagará lo efectivamente prestado y sin superar el monto máximo fijado, y el servicio deberá mejorar su informe técnico económico y respetar la sujeción a las bases e igualdad de trato.
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La Contraloría toma razón de la resolución del Fondo Nacional de Salud que aprueba el segundo aumento de un contrato de prestaciones de salud, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas y respaldadas, sin superar el monto máximo de la contratación.
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La Contraloría concluye que FONASA aplicó correctamente la multa por contacto indebido con pacientes, pues la sanción estaba prevista en las bases y los actos sancionatorios están debidamente motivados, rechazando el reclamo.
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La Contraloría concluye que la Agencia actuó correctamente al no pagar la factura, porque el proveedor entregó licencias distintas a las cotizadas y requeridas en la compra ágil, por lo que se rechaza el reclamo.
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La Contraloría toma razón de la resolución de FONASA que aprueba el aumento de un contrato de prestaciones de salud, entendiendo que se trata de una regularización porque los servicios ya se habían prestado. Le hace presente que en lo sucesivo debe tramitar oportunamente esas modificaciones.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el incremento contractual del FONASA con la Unión Temporal de Proveedores, precisando que solo se paguen prestaciones efectivamente otorgadas y sin superar el monto máximo, y ordena a futuro mejorar la estimación de montos y respetar la sujeción a las bases e igualdad de trato.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento de un contrato de prestaciones, con alcances: solo se pagará lo efectivamente otorgado y respaldado, sin superar el monto máximo fijado en la cláusula cuarta de la modificación.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el contrato de compra del tablero de comunicación digital, con alcances: el plazo de pago corre desde la recepción conforme de la factura, se emitirá una sola orden de compra y debe incluirse la fórmula "tómese razón".
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación de contrato, con el alcance de que la cita del último párrafo de la letra a. de la cláusula tercera debe entenderse referida al decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
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La Contraloría toma razón de la resolución de FONASA que aprueba el aumento de un contrato de prestaciones de salud, con alcances: solo se pagará lo efectivamente otorgado y respaldado, sin superar el monto máximo de la contratación.
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La Contraloría concluye que la JUNAEB debe emitir un pronunciamiento fundado sobre los descargos relativos a ciertas órdenes de trabajo, pues no explicó por qué los rechazó; en lo demás, rechaza la reclamación.
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La Contraloría concluye que excluir los "Gastos en Stock" (previstos "una sola vez") del precio reajustado en la renovación de contratos no vulnera la estricta sujeción a las bases, y reconsidera el oficio N° 48.265 de 2026.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento de un contrato de prestaciones, con alcances: solo se pagará lo efectivamente prestado y sin superar el monto máximo fijado, y el servicio deberá mejorar sus estimaciones e igualdad de trato en futuras modificaciones.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento del contrato con el Hospital Parroquial de San Bernardo, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas y sin superar el monto máximo fijado.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento de un contrato de prestaciones, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas, sin superar el monto máximo fijado, y deberán considerarse los principios de sujeción a las bases e igualdad de trato.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento de un contrato de prestaciones de salud, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas, sin superar el monto máximo, y deberán mejorarse los informes técnicos económicos futuros.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el aumento de contrato con la Corporación de Beneficencia Osorno, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas y sin superar el monto máximo fijado.
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La Contraloría no dio curso al documento que aprobaba una segunda prórroga de seis meses de una renovación de contrato, porque esa medida procede por una sola vez y las renovaciones sucesivas afectan la libre concurrencia.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato por trato directo con BFF SpA, con el alcance de que podrá ponerse término anticipado por las causales legales, no solo por la cláusula decimoprimera.
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La Contraloría toma razón del acto que aprueba el contrato adjudicado por el Servicio Médico Legal para el servicio de datacenter en outsourcing, con el alcance de que deberá ponerse término anticipado si se impone al proveedor la pena de inhabilitación para contratar con el Estado.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el incremento contractual entre el FONASA y la Unión Temporal de Proveedores Lircay, con alcances: solo se pagan prestaciones efectivamente otorgadas y sin superar el monto máximo de la contratación.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el aumento del contrato con la Clínica de Puerto Varas SPA, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas y respaldadas, sin superar el monto máximo fijado en la cláusula cuarta de la modificación.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el aumento de un contrato de prestaciones con la Clínica BUPA Santiago, con alcances: solo se pagará por prestaciones efectivamente otorgadas y sin superar el monto máximo fijado.