Contraloría General de la República · N° 010948N18
Dictamen N° 10.948, de 30 de abril de 2018
Texto del pronunciamiento
N° 10.948 Fecha: 30-IV-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, exponiendo que la sentencia del Tribunal Electoral Regional de Valparaíso que indica, ha resuelto anular las dobles elecciones que realizó la asociación gremial que individualiza, ordenando convocar a un nuevo proceso, el que, según señala, “será coordinado por la Secretaría Regional Ministerial de Economía de Valparaíso, unidad que designará a un funcionario para tal efecto, en calidad de ministro de fe”. En tal contexto, y dado que estima que lo ordenado se opondría a lo señalado en el oficio de la Contraloría Regional de Arica y Parinacota que indica, la referida subsecretaría requiere un pronunciamiento de esta Entidad Fiscalizadora en cuanto a las medidas que le corresponde adoptar en la especie. Al respecto, es necesario recordar que conforme al artículo 76 de la Constitución Política de la República, la facultad de conocer las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley, sin que este Organismo de Control pueda emitir un pronunciamiento en relación con lo resuelto en sede jurisdiccional. Con todo, cumple manifestar que, si por sentencia judicial se resuelve un asunto en un sentido distinto del fijado por la jurisprudencia de esta Contraloría General, corresponde acatar dicho fallo respecto de la causa en que se pronunció. En mérito de lo expuesto, cabe concluir que la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño debe dar cumplimiento al fallo que indica, sin que corresponda a esta Entidad Fiscalizadora emitir el pronunciamiento solicitado. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Camilo Mirosevic Verdugo Jefe División Jurídica
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 010948N18, de 30 de abril de 2018.
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