Contraloría General de la República · N° 081645N13
Dictamen N° 81.645, de 11 de diciembre de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 81.645 Fecha: 11-XII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Guillermina Olivares Díaz, funcionaria del Hospital Doctor Luis Tisné Brousse, a fin de solicitar un pronunciamiento que determine si le corresponde percibir la asignación contemplada en el artículo 1° de la ley N° 19.490, durante el año 2013. Requerido su informe, el referido centro asistencial manifestó, en síntesis, que la peticionaria no cumple con los requisitos necesarios para recibir el emolumento que pretende. Sobre el particular, cabe recordar que el aludido precepto, establece el estipendio en comento para el personal que menciona, cuyo otorgamiento considera el resultado de las calificaciones obtenidas el año inmediatamente anterior a su pago, agregando que quienes no hayan sido evaluados, salvo que se trate del ejercicio del descanso de maternidad, no tendrán derecho a él. Luego, conviene añadir que el artículo 40 de la ley N° 18.834, dispone que no serán calificados los servidores que por cualquier motivo hubieren desempeñado efectivamente sus funciones por un lapso inferior a seis meses, ya sea en forma continua o discontinua dentro del respectivo período de evaluación, caso en el cual conservarán la del año anterior. En este sentido, es necesario expresar que cuando el ejercicio del derecho a feriado, licencias médicas o permisos administrativos, implica para el empleado ausentarse de su lugar de trabajo por un tiempo superior a seis meses dentro del correspondiente proceso calificatorio, éste se encuentra en la situación descrita en el artículo 40 del citado texto estatutario, tal como, por lo demás, se ha precisado, entre otros, en los dictámenes N os 71.444, de 2011 y 46.068, de 2012, de esta Entidad de Control. En consecuencia, considerando que de los antecedentes examinados aparece que la interesada no fue evaluada por el señalado centro de salud en el respectivo período, ya que no concurrió a sus labores por más de seis meses a causa de licencias médicas, debe concluirse que durante el período en consulta no le asiste el derecho a percibir la asignación en análisis. Transcríbase al Hospital Doctor Luis Tisné Brousse. Saluda atentamente a Ud Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 081645N13, de 11 de diciembre de 2013.
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