Contraloría General de la República · N° E136014N21
Dictamen N° E136014, de 6 de septiembre de 2021
Texto del pronunciamiento
N° E136014 Fecha: 6-IX-2021 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba liquidación final de la consultoría “Estudio básico diagnóstico auscultación automatizada de pavimentos”, en atención a las observaciones que se indican: 1. No se ha acompañado la siguiente documentación: a) Copia de los informes de las fases intermedias del estudio, así como la documentación que acredite la fecha de su recepción y el cumplimiento de los respectivos plazos respecto de ellos y de los informes mensuales. b) Copia de los informes periódicos que conforme al artículo 90 del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría (RCTC) -aprobado por decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas-, debe emitir el inspector fiscal del estudio. c) Copia de la boleta de garantía de fiel cumplimiento cuya devolución se autoriza por medio del resuelvo tercero del acto en examen. d) Certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales del estado de pago Nº 10. 2. En el estado de pago Nº 4 no se considera como índice actual el del mes anterior al del estado de pago. 3. No se advierte el origen del reajuste adicional efectuado en el estado de pago Nº 6, por $ 471.900. 4. Debe aclararse el sentido y alcance de las expresiones “ajuste de reajuste por disponibilidad presupuestaria 2020” y “saldo de reajuste por disponibilidad presupuestaria 2020”, contenidas en los estados de pago Nºs 7 y 8, respectivamente. Finalmente, en lo meramente formal, cumple con señalar que los DFL Nºs 850, de 1997, y 206, de 1960, citados en los vistos del documento del epígrafe, corresponden al Ministerio de Obras Públicas, lo que se ha omitido consignar. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E136014N21, de 6 de septiembre de 2021.
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