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Contraloría General de la República · N° 003937N16

Dictamen N° 3.937, de 15 de enero de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 3.937 Fecha: 15-I-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el jeep fiscal J-1188 y en el furgón fiscal Z-6783, conducidos por sus funcionarios, señores David Bernardo Castro Arias y Cristián Marcelo Coña Muñoz, respectivamente, a fin de que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil. Sobre el particular, cabe anotar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 12 de diciembre de 2014, esos servidores, como conductores de los referidos móviles, acompañados de otros empleados, concurrieron hasta la plaza de peaje troncal Quepe, ubicada en la Ruta 5 Sur, km. 693, de la comuna de Freire, y mientras intentaban controlar los desórdenes que se producían en ese sector, un grupo de manifestantes comenzó a lanzar objetos contundentes en contra del citado Jeep J-1188, resultando este con su parabrisas quebrado y, además de lo anterior, procedieron a arrojarle bengalas luminosas al aludido furgón Z-6783, para luego volcarlo. Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según los certificados N os 51 y 54, ambos de 2015, de la Zonal de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos Temuco, ascendieron a la suma total de $1.324.000, siendo ambas especies reparadas y dadas de alta para el servicio. Ahora, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil a los señores David Bernardo Castro Arias y Cristián Marcelo Coña Muñoz, por los daños ocasionados en los vehículos fiscales J-1188 y Z-6783, respectivamente. Saluda atentamente a Ud. Por Orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 003937N16, de 15 de enero de 2016.

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