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Contraloría General de la República · N° 076026N13

Dictamen N° 76.026, de 20 de noviembre de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 76.026 Fecha: 20-XI-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Manuel Roberto Martínez Cornejo, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando un pronunciamiento acerca de la legalidad de su cese, dispuesto en el año 1992. Sobre el particular, cabe expresar que el artículo 53, inciso primero, de la ley N° 19.880, establece que la autoridad administrativa podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, previa audiencia del interesado, siempre que lo haga dentro de los dos años contados desde su notificación o publicación. Como es dable apreciar, esta última disposición faculta a la respectiva superioridad para que, dentro del indicado lapso, deje sin efecto los instrumentos emitidos con infracción a la ley, plazo que, según se manifestó en el dictamen N° 18.353, de 2009, de esta Entidad Fiscalizadora, entre otros, es de caducidad y no de prescripción, por lo que no puede interrumpirse ni suspenderse por la interposición de algún reclamo dentro de ese período, ya que en la caducidad se atiende solamente al hecho objetivo del paso del tiempo. En consecuencia, se debe informar que, en la especie, el referido término de dos años se encuentra vencido, por lo que actualmente la jefatura pertinente de Carabineros de Chile, no puede disponer la invalidación de la resolución mediante la cual el señor Martínez Cornejo fue eliminado de ese servicio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 076026N13, de 20 de noviembre de 2013.

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