Contraloría General de la República · N° 065801N14
Dictamen N° 65.801, de 27 de agosto de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 65.801 Fecha : 27-VIII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Sandra Pollier Rahausen, consultando si procede que el Hospital Dr. Félix Bulnes Cerda pague a los herederos de su padre, don Alejandro Pollier Bustos, ex profesional funcionario de ese centro de salud, las remuneraciones que le correspondieron durante febrero y marzo de 2002. Requerido su informe, ese establecimiento asistencial manifestó, en síntesis, que revisada dicha situación, constató que los cheques girados para el pago de las referidas rentas no fueron cobrados y que las sumas pertinentes se encuentran disponibles. Sobre el particular, es del caso recordar que el personal afecto a la ley N° 15.076, calidad que poseía el citado exservidor, se rige en materia de prescripción por las disposiciones de la ley N° 18.834, cuerpo normativo que señala en sus artículos 99 y 161, que el derecho al cobro de las asignaciones contenidas en leyes especiales prescribe en el plazo de seis meses contado a partir de la fecha en que se hicieron exigibles, mientras que el sueldo, a su turno, lo hace en dos años, contabilizados de la misma manera. En este sentido, conviene agregar, en armonía con lo expuesto en el dictamen N° 26.931, de 1993, de esta Entidad de Control, que las remuneraciones devengadas con anterioridad a la defunción de un servidor, se transmiten a sus herederos con todas las limitaciones que las afecten, entre éstas, las mencionadas reglas de prescripción. Asimismo, cabe destacar que los organismos públicos no pueden renunciar a la prescripción extintiva, a menos que estén legalmente facultados para ello, lo que no acontece en la situación de la especie, tal como se ha señalado en el dictamen N° 42.307, de 2014, de este origen. En consecuencia, es dable concluir que no procede que ese centro de salud entere a los herederos del señor Pollier Bustos, las remuneraciones que correspondieron a éste, durante los meses de febrero y marzo de 2002, toda vez que el derecho a su cobro se encuentra prescrito. Transcríbase al Hospital Dr. Félix Bulnes Cerda. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 065801N14, de 27 de agosto de 2014.
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