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Contraloría General de la República · N° 068448N12

Dictamen N° 68.448, de 31 de octubre de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 68.448 Fecha: 31-X-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Fabiola Pascuala Torres Gutiérrez, funcionaria de Gendarmería de Chile, para solicitar un pronunciamiento acerca del derecho que, en su opinión, le asistiría para percibir la asignación por cambio de residencia. Requerido su informe, la mencionada repartición ha manifestado, en síntesis, que la peticionaria no cambió su residencia habitual a otra ciudad para asumir una nueva destinación, sino que se mudó dentro de la misma ciudad de Santiago. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 98, letra d), de la ley N° 18.834, aplicable en la especie, dispone que los servidores tendrán derecho a percibir la asignación de cambio de residencia, cuando para asumir el cargo, o cumplir una nueva destinación, se vean obligados a cambiar el lugar de su residencia habitual. Al respecto, es menester expresar que la jurisprudencia de esta Entidad Fiscalizadora contenida, entre otros, en los dictámenes N os 40.962, de 2004 y 48.867, de 2012, informó que procede otorgar la asignación en análisis, en la medida que el servidor acredite haber cambiado su domicilio, pues este estipendio tiene un carácter indemnizatorio, cuyo objeto es auxiliar económicamente a quien para asumir un cargo debe cambiar su residencia habitual, trasladando a la nueva ciudad su alojamiento permanente. En este punto, se debe añadir que este Organismo de Control, en sus dictámenes N os 6.003, de 2005, 60.130, de 2008 y 5.396, de 2009, precisó que para otorgar el emolumento que nos ocupa, es necesario que el empleado se traslade a otra localidad, esto es, a una nueva ciudad. Por consiguiente, cabe concluir que se ajustó a derecho la decisión adoptada por Gendarmería de Chile, en orden a denegar a la señora Torres Gutiérrez el pago de la asignación por cambio de residencia, por cuanto de los antecedentes tenidos a la vista, aquélla fue destinada desde la comuna de Puente Alto a la comuna de Santiago, trasladando su residencia a esta última, situándose ambos puntos geográficos dentro de una misma localidad o ciudad. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 068448N12, de 31 de octubre de 2012.

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