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Contraloría General de la República · N° 051847N11

Dictamen N° 51.847, de 17 de agosto de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 51.847 Fecha:17-VIII-2011 Carabineros de Chile ha remitido a esta Contraloría General, para cumplir con el trámite de toma de razón, su resolución N° 118, de 2011, que pone término anticipado al nombramiento como profesora de doña Flor Cecilia del Pilar Solís Flores, quien ha solicitado, por las razones que expone, un pronunciamiento respecto de la legalidad de dicha decisión. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 113, inciso cuarto, letra b), del D.F.L. N° 2, de 1968, del Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, dispone que serán causales especiales de retiro de los profesores, en lo que interesa, el término anticipado del nombramiento si sus funciones son innecesarias. Al respecto, debe expresarse, conforme con lo dispuesto en los dictámenes N os 11.603, de 2007 y 72.928, de 2010, de este origen, que la desvinculación de un docente, en razón de ser innecesarios sus servicios, constituye el resultado del ejercicio de una facultad de la autoridad pertinente para poner fin, en forma anticipada, a la relación laboral, tal como ha ocurrido en la situación en estudio, en que el referido cese tuvo su origen en que la asignatura que dictaba la afectada, no se imparte en las carreras ofrecidas por la Academia de Ciencias Policiales, por lo que se determinó prescindir de las labores de varios docentes, entre ellos, la señora Solís Flores. No obstante lo anterior, es necesario destacar, con arreglo al criterio contenido en los dictámenes N os 39.562, de 2005 y 46.647, de 2007, de este origen, entre otros, que en el evento de ponerse término anticipado al nombramiento como profesor, por ser innecesarios los servicios, el cese de labores se producirá desde la notificación a la interesada del total trámite del acto administrativo que así lo dispone. En consecuencia, atendido que esta Entidad Fiscalizadora no advierte ninguna ilegalidad en la decisión adoptada por Carabineros de Chile, se desestima la petición de la señora Flor Cecilia del Pilar Solís Flores, toda vez que el término de funciones que le afecta se encuentra ajustado a derecho y, por ende, se procede a tomar razón, con el alcance indicado, de la resolución N° 118, de 2011, de esa institución policial. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 051847N11, de 17 de agosto de 2011.

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