Contraloría General de la República · N° E430922N23
Dictamen N° E430922, de 22 de diciembre de 2023
Sumario
La Contraloría no da curso al instrumento que regulariza y aprueba los convenios modificatorios N° 1 y 2 de la asesoría a la inspección fiscal del contrato "Mejoramiento Ruta B-241", por inconsistencias en las disminuciones pactadas y en la documentación que las respalda.
Texto del pronunciamiento
N° E430922 Fecha: 22-XII-2023 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del epígrafe, que regulariza y aprueba los convenios modificatorios N os 1 y 2 de la asesoría a la inspección fiscal del contrato “Mejoramiento Ruta B-241, Eje Licancabur, Pasada Urbana San Pedro de Atacama, Región de Antofagasta”, en atención a las siguientes observaciones: 1. La tabla transcrita en la cláusula segunda del convenio N° 1 es diversa a la del convenio original. 2. Se aprecian las siguientes inconsistencias respecto de las disminuciones pactadas y reflejadas en los puntos 2 y 3 de la cláusula tercera por ausencias del personal del convenio N° 1. a) Respecto del Jefe de Asesoría, en la tabla de disminuciones se consigna un periodo de 5 días -14 de mayo al 18 de mayo de 2021-, en circunstancias que la copia de la licencia médica se extiende por 21 días, sin que se hayan acompañado antecedentes acerca de cuál fue el período sin reemplazo. b) Se omite el adjuntar la licencia médica que justifica la ausencia del Arqueólogo del 18 de junio al 4 de julio de 2021, según consta en la tabla de disminuciones aludida. c) En relación al Jefe de Topografía se informa una disminución de 3 días desde el 12 de abril al 14 de abril de 2021 por licencia médica, no obstante que la licencia médica se otorgó por 4 días, sin que tampoco se informe acerca del período sin reemplazo. Además, se acompañan copias de licencias médicas que reflejan ausencias desde el 16 de abril al 27 de abril de 2021 del mismo profesional, sin que tales ausencias se reflejen como disminuciones en la aludida tabla ni en el cronograma. d) En cuanto al Encargado de Gestión de Calidad, los antecedentes remitidos para justificar su ausencia son discordantes en la cantidad de días de disminución reflejados en el cronograma de modificaciones. e) Acerca del Topógrafo, se realiza una disminución por 20 días de ausencia por licencia médica -6 al 26 de septiembre de 2022-, sin embargo, se acompaña una segunda licencia médica de 30 días de duración desde el 26 de septiembre de 2022, cuya ausencia y disminución de labores no aparecen en el cronograma ni en la tabla antes mencionada. f) Sobre el Laboratorista Vial B, en la tabla de disminuciones se refleja una reducción en su participación del 12 de abril al 18 de julio de 2021. No obstante, las copias de licencias médicas acreditan una ausencia tan solo hasta el 2 de julio de 2021. g) En relación con la Secretaria, la tabla de disminuciones reduce su participación en el mes 1, a diferencia del cronograma de modificaciones que en dicho mes reduce su participación en 0,97 meses. 3. En cuanto a las disminuciones del convenio ad-referéndum N°2 la cláusula tercera, señala que el Experto en Prevención de Riesgo ha realizado un total de 8 visitas entre los meses 1 a 29, en tanto que el cronograma modificatorio refleja 7 visitas para dicho período. Por último, resulta ilegible la transcripción de los anexos del convenio modificatorio N°2, lo que deberá corregirse. Saluda atentamente a Ud. Por orden de la Contralora General de la República (S). JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E430922N23, de 22 de diciembre de 2023.
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