Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 031970N18

Dictamen N° 31.970, de 27 de diciembre de 2018

Texto del pronunciamiento

N° 31.970 Fecha: 27-XII-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Universidad Tecnológica Metropolitana -UTEM-, solicitando un pronunciamiento que determine si procede el pago de la asignación por docencia incremental efectiva, en el periodo de recuperación de clases semestrales que no se realizaron producto de una paralización estudiantil. Agregan que, durante ese periodo, de acuerdo a la jurisprudencia de este origen, enteró a su personal todas las remuneraciones, entre ellas, el referido estipendio, reconociendo que la ausencia de sus funciones se produjo por fuerza mayor. En primer término, según lo previsto en el artículo 104 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, los establecimientos de educación superior gozan de autonomía administrativa para organizar su funcionamiento de la manera más adecuada de conformidad con sus estatutos y las leyes, lo que les permite fijar sus políticas de contratación de personal, derecho que es igualmente reconocido en el artículo 2° del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1994, del ex Ministerio de Educación Pública, que aprobó el estatuto orgánico de la UTEM. En ese sentido, el artículo 3°, número 6, del antedicho estatuto orgánico, dispone que la UTEM estará especialmente facultada para “Designar y contratar personal, determinar sus remuneraciones u honorarios y establecer las condiciones en que se prestarán los servicios”. Por su parte, la letra h) del artículo 5° del mismo cuerpo normativo, establece que son atribuciones del Consejo Superior, entre otras, fijar las políticas de designación, contratación y remuneraciones del personal, aprobar las plantas de funcionarios y sus modificaciones, y dictar las normas con arreglo a las cuales se determinarán las remuneraciones. Precisado lo anterior, cabe indicar que el artículo 1° del decreto universitario N° 24, de 2017, de la UTEM, se creó una asignación por docencia incremental efectiva, para el cuerpo académico no regular con la calidad de conferenciante, contratados por jornada parcial de esa casa de estudios, que, cumpliendo con las tareas asignadas en virtud de su designación, imparta docencia en una asignatura de forma adicional a las contempladas en su carga docente base, el que tendrán derecho a percibir quienes cumplan con las exigencias previstas en sus articulados. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista aparece que, con motivo de las movilizaciones estudiantiles a nivel nacional y debido a la interrupción del normal funcionamiento de los procesos educacionales, mediante la resolución exenta N° 02101, de 2018, la UTEM realizó un ajuste al calendario académico, aprobado por la resolución exenta N° 04294, de 2017, en virtud de lo cual el calendario lectivo de esa casa de estudios se prolongó más allá del 28 de diciembre de 2017, como este último documento consagraba. Así las cosas, es dable concluir que los académicos cumplieron con sus desempeños hasta esta última data, por lo que para la prolongación del segundo semestre, la UTEM deberá, en virtud de su autonomía académica, disponer nuevas designaciones o contrataciones, según estime necesarias para dar por concluido el año académico 2018, de acuerdo a su capacidad financiera y presupuestaria, pudiendo pagar la asignación por docencia incremental efectiva, en la medida que se cumplan con los requisitos previstos en el citado decreto universitario N° 24, de 2017, para su percepción. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 031970N18, de 27 de diciembre de 2018.

Más sobre Otros (Remuneraciones y Derechos Funcionarios)

  • 19 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF198226

    La Contraloría toma razón del decreto que fija las bases tarifarias de los funcionarios de la segunda serie del Escalafón Secundario del Poder Judicial, con el alcance de que el requerimiento de antecedentes al SII debe sujetarse al artículo 35 del Código Tributario.

  • 21 de septiembre de 2026

    Dictamen N° D420

    El dictamen aclara que los beneficios laborales pactados en convenios colectivos de PRODEMU siguen siendo exigibles, pero no pueden financiarse con recursos públicos, sino con fondos propios. Concluye que el dictamen N° D169 solo rige para convenios de transferencia futuros.

  • 27 de julio de 2026

    Dictamen N° OF141098

    La Contraloría concluye que el artículo 90 del Estatuto Administrativo obliga al servicio a asumir la defensa judicial del funcionario, no a reembolsarle gastos ya efectuados. En este caso no procede el reembolso porque el interesado no solicitó oportunamente esa defensa.

Todos los pronunciamientos sobre Otros (Remuneraciones y Derechos Funcionarios)

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium