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Contraloría General de la República · N° 022540N10

Dictamen N° 22.540, de 30 de abril de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 22.540 Fecha: 30-IV-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor José Luis Antías Rivera, ex funcionario de Carabineros de Chile, para solicitar la devolución de los aportes efectuados a la Cooperativa y por Vivienda. Como cuestión previa, se debe indicar que este Organismo de Control entiende que el reclamo del interesado dice relación con la restitución de las cotizaciones pagadas a la Comisión Acción Social y al Fondo de Ahorro Habitacional, respectivamente. Requerido su informe, la mencionada entidad policial ha manifestado, en síntesis, que dado el tiempo transcurrido desde el alejamiento del interesado, no es posible disponer la devolución de los aportes que éste realizó en los referidos organismos. Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que el artículo 74 de la Directiva Complementaria del Reglamento de la Comisión Acción Social, contenida en la Orden General N° 22.861, de 1975, de la Dirección de Bienestar de esa entidad policial, dispone que el asociado que deje de pertenecer a la organización tendrá el plazo de un año, contado desde la fecha de retiro o licenciamiento, para reclamar sus cotizaciones, tal como se reconoció en el dictamen N° 55.680, de 2009, de esta Entidad de Control. Enseguida, se debe indicar que el decreto N° 407, de 1981, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprobó el Reglamento del Fondo de Ahorro Habitacional, no establece un régimen de prescripción aplicable a la devolución de aportes, por lo que de conformidad con el criterio contenido en el dictamen N° 56.368, de 2008, de este Órgano de Control, entre otros, debe emplearse supletoriamente el plazo establecido en el artículo 2.515 del Código Civil, esto es, cinco años contados desde la fecha en que éstos se hicieron exigibles. De esta manera, considerando que el recurrente se desvinculó de Carabineros de Chile, el día 16 de agosto de 1997, cualquier derecho que pudiere haberle asistido para requerir la devolución de los aportes efectuados a la Comisión Acción Social y al Fondo de Ahorro Habitacional se encuentra prescrito, pues ha transcurrido el plazo que poseía para estos efectos. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 022540N10, de 30 de abril de 2010.

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