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Contraloría General de la República · N° 034481N13

Dictamen N° 34.481, de 3 de junio de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 34.481 Fecha: 03-VI-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Marco Antonio Valenzuela Carrasco, funcionario de la Dirección General de Aeronáutica Civil, para solicitar se establezca el derecho que le asistiría para percibir la asignación por cambio de residencia. Requerido su informe, esa repartición indicó, en síntesis, que el estado civil de divorciado, que posee el interesado, no es homologable al de casado, necesario para acceder al pago del referido estipendio. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 185, letra e), inciso primero, del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas -aplicable en la especie-, dispone que la aludida asignación, equivalente a un mes de las remuneraciones del nuevo empleo, se concederá a quienes, para asumir un cargo o cumplir una destinación, se vean obligados a dejar su residencia habitual, añadiendo que en el caso de aquéllos con menos de 20 años de servicios, que sean solteros o viudos sin hijos o que siendo casados o viudos con hijos se radiquen en el lugar de su nueva residencia sin su grupo familiar, este emolumento ascenderá a un veinticinco por ciento de su remuneración imponible. De lo expuesto, se infiere que el beneficio económico que nos ocupa, además de depender de los años de servicios del trabajador, su importe será distinto según se trate de una persona soltera, viuda o casada, que se radique con o sin su grupo familiar, como se precisó en el dictamen Nº 65.494, de 2010, de este origen. Así, entonces, en el caso de un empleado con menos de 20 años de labores, se deberá considerar si éste se encuentra casado o es viudo, el cual, en todo caso, percibirá este emolumento en un porcentaje menor; en tanto que los funcionarios que superen esa cantidad de tiempo trabajado -como sucede con el interesado-, accederán a la asignación en estudio, en su totalidad, sin importar su estado civil. Por consiguiente, cabe concluir que al señor Marco Antonio Valenzuela Carrasco le asiste el derecho a percibir la asignación por cambio de residencia, que reclama, sin consideración a su condición de divorciado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 034481N13, de 3 de junio de 2013.

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