Contraloría General de la República · N° 064597N15
Dictamen N° 64.597, de 13 de agosto de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 64.597 Fecha : 13-VIII-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños causados en el automóvil fiscal RP-2251, conducido por su funcionario, señor Daniel Ángel Villarroel Palma, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Sobre el particular, cabe anotar que del examen de la documentación acompañada, aparece que el día 25 de octubre de 2014, ese servidor se desplazaba en el citado vehículo por calle Los Domínicos, y al llegar a la intersección con calle Monroe, en la comuna de Las Condes, debido a que conducía a una distancia no razonable ni prudente, chocó al automóvil particular que lo antecedía detenido en la vía, lo que el Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 275, de esa misma anualidad, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante el Tercer Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 70, de 2015, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $2.508.010, siendo esa especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, y dado que no existen en el proceso administrativo incoado al efecto, elementos probatorios que lleven a la plena convicción de que don Daniel Ángel Villarroel Palma, adoptó las precauciones necesarias para una adecuada conducción, a objeto de evitar todo riesgo de accidente, se ha estimado que no es procedente exonerarlo de responsabilidad civil por los daños causados en el automóvil fiscal RP-2251. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 064597N15, de 13 de agosto de 2015.
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