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Contraloría General de la República · N° 061061N11

Dictamen N° 61.061, de 27 de septiembre de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 61.061 Fecha: 27-IX-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, para solicitar un pronunciamiento que determine si el diploma de Psicopedagogo, otorgado por el Instituto Profesional INACAP, reviste el carácter de profesional habilitante para percibir el beneficio de asignación profesional. Sobre el particular, es dable manifestar que la letra b) del artículo 54 del D.F.L. N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, define al título profesional como el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el citado Instituto Profesional imparte la carrera de Psicopedagogía con una duración de ocho semestres y confiere el título profesional por el cual se consulta. Asimismo, es menester recordar que la jurisprudencia contenida, entre otros, en los dictámenes N os 15.346, de 2008 y 2.466, de 2009, ha manifestado que los diplomas profesionales conferidos por Institutos Profesionales reúnen los requisitos propios de los títulos profesionales universitarios. Enseguida, en cuanto al derecho a gozar de la asignación profesional, cabe hacer presente que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, aquélla favorece a los funcionarios de las entidades que indica y que, entre otros requisitos, tengan un título profesional otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de un mínimo de 6 semestres académicos y 3.200 horas de clases. Por consiguiente, en mérito de lo expuesto resulta dable colegir que el diploma de Psicopedagogo, otorgado por el Instituto Profesional INACAP, reviste el carácter de título profesional y habilita a su titular para percibir la correspondiente asignación, en la medida, por cierto, que se cumplan los demás requisitos legales. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 061061N11, de 27 de septiembre de 2011.

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