Contraloría General de la República · N° 038813N15
Dictamen N° 38.813, de 14 de mayo de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 38.813 Fecha: 14-V-2015 Mediante el documento de la suma, ese ministerio informa su intención de pactar una modificación al contrato “Diseño y Construcción del Puente Chacao, Región de Los Lagos”, en los términos que indica, concluyendo que llevará a cabo tal modificación “a menos que” este Organismo Contralor presente reparos a lo planteado. Sobre el particular, esta Contraloría General cumple con manifestar que toma conocimiento de lo informado, precisando que en la presentación de que se trata no se solicita ningún pronunciamiento acerca de algún asunto jurídico específico relativo a la interpretación de la normativa aplicable a la materia o a la legalidad de alguna actuación, ni se adjunta el informe jurídico fundado pertinente, como lo exige el oficio N° 24.143, de 2015, de este origen, que imparte instrucciones para la atención de consultas que se formulan a esta Entidad de Control. Por lo anterior, no corresponde que ese ministerio derive un pronunciamiento jurídico favorable de este Organismo Fiscalizador por la sola circunstancia de comunicar la intención de pactar la modificación que describe, sin perjuicio, por cierto, que de concretarse dicho acuerdo, esta Contraloría General, en la oportunidad que corresponda, analizará la legalidad del mismo. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 038813N15, de 14 de mayo de 2015.
Más sobre Licitación y Ejecución de Obras
-
La Contraloría no da curso al documento que autoriza el trato directo y aprueba el contrato del proyecto de conservación del sistema de control de tránsito, ordenando al servicio aclarar la justificación de rubros ajenos al objeto, precisar el monto máximo y corregir cláusulas imprecisas.
-
La Contraloría concluye que el IND puede modificar los contratos para rebajar garantías y eliminar la exigencia de recepción municipal, pues el retraso deriva de decisiones de la propia Administración y no es imputable a los contratistas.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que dispone el término anticipado de un contrato de pavimento en Sierra Gorda, pero ordena al Servicio informar detalladamente sobre resoluciones, contratos, estado de la obra, fondos invertidos y personal a cargo en 20 días hábiles, y adoptar medidas para dictar oportunamente sus actos, dado el evidente retraso.
Todos los pronunciamientos sobre Licitación y Ejecución de Obras
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y Concesiones¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.