Contraloría General de la República · N° 060406N13
Dictamen N° 60.406, de 23 de septiembre de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 60.406 Fecha: 23-IX-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados a la camioneta fiscal Z-4352, conducida por su funcionario, señor Fabián Osvaldo Tiznado Tiznado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación adjunta, aparece que el día 24 de marzo de 2013, ese empleado, acompañado de otro servidor, concurrió en la citada camioneta hasta un domicilio particular ubicado en calle Los Boldos, en la comuna de Ancud, a verificar las condiciones en las que se encontraba una menor de edad, una vez en el lugar, el padre de aquélla, de forma sorpresiva, comenzó a golpear el parabrisas del móvil policial, quebrándolo. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el informe mecánico N° 39, de 2013, de la Subzonal de Mantenimiento de la Prefectura Llanquihue, ascendieron a la suma de $120.785, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Fabián Osvaldo Tiznado Tiznado, por los daños ocasionados en la camioneta fiscal Z-4352. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 060406N13, de 23 de septiembre de 2013.
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