Contraloría General de la República · N° 035626N17
Dictamen N° 35.626, de 4 de octubre de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 35.626 Fecha: 04-X-2017 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba convenio ad-referéndum N° 1 relativo a la ejecución del “Estudio de prefactibilidad construcción Puente Dalcahue en ruta W-59, isla Quinchao en Chiloé, región de Los Lagos”, por cuanto no se advierte la razón por la cual se estima que el desarrollo del estudio bajo la metodología costo eficiencia corresponde a una modificación de contrato, si se tiene presente lo indicado en el punto 3.9.2 de los términos de referencia, en orden a que el consultor debe detallar la metodología a utilizar en la evaluación económica del proyecto durante la etapa 3. Sin perjuicio de lo manifestado, tampoco se advierte el modo en que ello incidiría en las actividades del estudio, según se indica en el párrafo final de la cláusula segunda del acuerdo, dando origen al incremento que se anota en la cláusula tercera. Por otra parte, se acuerda la eliminación de las actividades asociadas a los ítems “torres anemómetros” y “Acelerógrafos” en atención a que “existe voluntad de la autoridad de licitar el diseño del puente durante el año 2018, lo que implica que la instalación de estos instrumentos, no cumplirían su objetivo de registro anual de magnitud y dirección de los vientos locales para identificar y registrar durante 365 días, los efectos en el terreno causados por la amplificación de las ondas sísmicas respectivamente”, en circunstancias que dichas actividades debían finalizar al concluir la etapa 4, esto es, una vez transcurrida la anualidad requerida. Luego, cabe indicar que no se remiten antecedentes adicionales acerca de la voluntad de adelantar la licitación del diseño -fundamento de la variación indicada precedentemente-, ni de las actividades que efectúa el servicio para caracterizar de mejor manera el suelo de fundación de la futura estructura. Enseguida, resulta necesario que esa dirección remita información a que alude la copia de los correos electrónicos acompañada, en cuanto en ellos se mencionan “mails adjuntos” que no fueron acompañados y que se vinculan a la presente modificación. Finalmente, es dable añadir que se omite adjuntar copia de los documentos que den cuenta de la aprobación de las fases de la consultoría. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe de División División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 035626N17, de 4 de octubre de 2017.
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