Contraloría General de la República · N° 027828N17
Dictamen N° 27.828, de 25 de julio de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 27.828 Fecha: 25-VII-2017 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que acepta oferta para la ejecución del contrato “Mejoramiento nudo vial ruta 1 (Av. República de Croacia) - ruta 28, tramo DM 0.000,00 – DM 491,02; ruta 1 y DM 14.783,97 – DM 15.975,34; ruta 28; comuna de Antofagasta, Provincia de Antofagasta, Región de Antofagasta”, por cuanto de los antecedentes remitidos se advierte discordancia en la cantidad de lotes afectos a expropiación -en los cuales se ejecutarán las obras-, sin que, adicionalmente, se haya llevado a cabo -conforme al apartado 4.1.8 “Programa de obras y expropiaciones”, del punto 4.1.1 “Especificaciones generales” de las especificaciones técnicas de la contratación- el procedimiento de cambio de destino del terreno para la materialización de las obras de arte o saneamiento de la quebrada “La Negra”, perteneciente a la institución armada que se singulariza. Lo anterior, si se tiene presente lo manifestado, en relación al número de lotes indicados en el cuadro de estado de situación, contenido en la aclaración Nº 1 y las respuestas Nos 2, 3 y 4, así como el punto 4.1.13 de las mismas especificaciones generales, en cuanto al acceso a terrenos de la empresa minera allí singularizada, sin que, adicionalmente se den mayores detalles acerca del convenio a celebrarse por la empresa minera y la Dirección de Vialidad, región de Antofagasta respecto de “quien abordará las obras y sobre el traspaso del relativo pago”. Además, en el informe de inspeccionabilidad de 17 de noviembre de 2016 suscrito por la inspectora fiscal del contrato, se hacen presente prevenciones sobre lo manifestado en cuanto a las obras de saneamiento que cruzan terrenos de la misma institución armada y al estado de la aprobación de proyectos de servicios, sin que se adviertan los fundamentos en virtud de los cuales la comisión de evaluación superó las prevenciones que inciden en el proyecto y a las que se refiere dicho informe. Luego, esa dable agregar que no se adjunta la carta UOCT-ANT/2014/025, de 5 de febrero de 2014, de la Unidad Operativa de Control de Tránsito de Antofagasta, en virtud de la cual, según lo señalado en la respuesta N° 6, de la serie de preguntas y respuestas, tal institución aprobó el proyecto definitivo de la especialidad. Enseguida, resulta discordante lo manifestado en el citado punto 4.1.8, en orden a que debe programarse la entrega de los terrenos hacia el final del contrato, con lo reflejado en el programa de trabajo de la oferta técnica del adjudicatario, en que refleja labores en dichos terrenos a contar del séptimo mes de iniciado el contrato. Por último, se aprecia inconsistencia entre el programa de inversiones acompañado, que refleja inversión acumulada desde el primer mes de ejecución de las labores, y el programa de trabajo y la respuesta N° 2, en cuanto a que el comienzo de las actividades tendrá lugar al quinto mes de inicio del contrato. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe División de Infraestructura y Regulación
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 027828N17, de 25 de julio de 2017.
Más sobre Licitación y Ejecución de Obras
-
La Contraloría no da curso al documento que autoriza el trato directo y aprueba el contrato del proyecto de conservación del sistema de control de tránsito, ordenando al servicio aclarar la justificación de rubros ajenos al objeto, precisar el monto máximo y corregir cláusulas imprecisas.
-
La Contraloría concluye que el IND puede modificar los contratos para rebajar garantías y eliminar la exigencia de recepción municipal, pues el retraso deriva de decisiones de la propia Administración y no es imputable a los contratistas.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que dispone el término anticipado de un contrato de pavimento en Sierra Gorda, pero ordena al Servicio informar detalladamente sobre resoluciones, contratos, estado de la obra, fondos invertidos y personal a cargo en 20 días hábiles, y adoptar medidas para dictar oportunamente sus actos, dado el evidente retraso.
Todos los pronunciamientos sobre Licitación y Ejecución de Obras
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y Concesiones¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.