Contraloría General de la República · N° 023435N11
Dictamen N° 23.435, de 18 de abril de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 23.435 Fecha: 18-IV-2011 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 32, de 2011, de Gendarmería de Chile, que afina sumario administrativo ordenado instruir por resolución exenta N° 2.160, de 2009, de la citada institución y aplica la medida disciplinaria que indica a los funcionarios en ella individualizados, por no ajustarse a derecho. En efecto, en el expediente sumarial acompañado, no hay constancia de haberse practicado la notificación de la resolución interna N° 177, de 2010, de ese Servicio, que aplica la medida disciplinaria de censura al afectado don Guillermo Castro Cortés, en conformidad con lo ordenado por los artículos 131 y 140, de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo y sin que se advierta que el señalado funcionario haya realizado posteriormente alguna gestión en el proceso que permita tenerlo por notificado tácitamente de dicha resolución exenta, de conformidad con lo prescrito en el artículo 47 de la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, según el criterio contenido en el dictamen N° 42.695, de 2010, de este Ente Contralor, lo que importa, en último término, afectar el derecho a defensa del inculpado frente a las imputaciones que existen en su contra. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 023435N11, de 18 de abril de 2011.
Artículos que cita
Más sobre Medidas Disciplinarias
-
La Contraloría concluye que, en los sumarios del artículo 72 letra b) de la ley N° 19.070, a los profesionales de la educación de un SLEP puede aplicárseles el término de la relación laboral o las medidas disciplinarias de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (ley N° 16.744), y reconsidera dictámenes previos.
-
La Contraloría concluye que la suspensión preventiva en un sumario computa también sábados, domingos y festivos, por lo que si el funcionario desempeñó funciones menos de seis meses, no debió ser calificado; la Municipalidad de San Bernardo debe revisar y, de verificarse, anular esa calificación.
-
La Contraloría aclara que las corporaciones municipales son entidades privadas cuyos empleados no son funcionarios públicos, por lo que no les aplican los artículos 156 y 157 de la ley N° 10.336. Concluye rechazando la reconsideración solicitada por CORMUMEL.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.