Contraloría General de la República · N° 025949N18
Dictamen N° 25.949, de 17 de octubre de 2018
Texto del pronunciamiento
N° 25.949 Fecha: 17-X-2018 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que regulariza y aprueba convenios ad-referéndum N°s 3, 4 y 5 de la “AIF Mejoramiento ruta M-80-n, sector Tregualemu – Límite regional, tramo Dm. 25.280 a Dm 35.760, provincia de Cauquenes, región del Maule”, por cuanto no es posible determinar los servicios llevados a cabo por la consultora ni la necesidad de los mismos en el periodo comprendido por los aumentos de plazo extraproporcionales otorgados durante la ejecución del contrato de obra y en aquellos para tramitar las modificaciones del contrato de obra, según se establece en los puntos 2 de los convenios Nos 3 y 4 que se sancionan, así como en los oficios Nos 381, de 2017 y 2.230, de 2018, ambos suscritos por la abogada jefe de la función legal de la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas. Así, que no se advierte la razón por la cual se hace necesario mantener -sin haberse disminuido- al equipo de la consultora durante el período de lluvias continuas e intensas mencionado en el convenio Nº 3, ni en aquellos casos de espera de tramitación de los convenios de obra o en aquellos otorgados en la obra para esperar los tramites de la modificación. Luego, si bien en la especie, mediante el oficio Nº 52, de 15 de diciembre de 2017, el Subdirector de Obras, de la Dirección de Vialidad, solicitó una investigación sumaria en relación a las eventuales responsabilidades administrativas en la situación que indica, se desconoce el estado de la misma. Enseguida, y atendido que el contrato de obra terminó con posterioridad al plazo de la asesoría -según los referidos convenios N°s 3,4 y 5-, procede que esa repartición, si es del caso, remita a la brevedad para el respectivo examen de legalidad los actos que sancionan las modificaciones de consultoría pendientes en esta contratación. Finalmente, no fueron remitidos los oficios IF 31 Nº 09/2016, Nº 10.651, de 6 de octubre de 2016, de la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas, DV Nº 2.775, de 27 de marzo de 2017, de la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas, todos citados en los antecedentes acompañados en esta ocasión. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 025949N18, de 17 de octubre de 2018.
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