Contraloría General de la República · N° 032227N19
Dictamen N° 32.227, de 16 de diciembre de 2019
Texto del pronunciamiento
N° 32.227 Fecha: 16-XII-2019 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba la liquidación del contrato “Reposición Ruta 1, Sector Caleta Buena – Punta de Ala, tramo Dm. 139.300,00 – Dm. 161.200,00 comuna de Tocopilla, provincia de Tocopilla, región de Antofagasta”, por cuanto, no se remiten los anexos N o 1 y antecedentes de respaldo, así como tampoco los programas de trabajo e inversiones, que forman parte de los convenios, aprobados mediante las resoluciones exentas N os 4.111 y 6.065, ambas de 2016, de la Dirección de Vialidad. Asimismo, en relación a la evaluación de multas por deficiencias por contenido de asfalto de las partidas 408-1 “Concreto asfaltico de rodadura” y 403-3 “Base asfáltica en caliente graduación gruesa”, no se remiten los certificados de contenido de asfalto de referencia N os 032 y 026, ambos de 2016, del Laboratorio Regional de Vialidad. Luego, no se advierte el motivo por el cual no se efectuó una evaluación de la calidad para la partida 5.417 “Aceras de hormigón”, teniendo en consideración lo mencionado en las respectivas especificaciones técnicas. Enseguida, resulta necesario se efectúe un análisis detallado de las “retenciones por finiquito” efectuadas en diversos estados de pago, acorde a sus carátulas, no obstante proceder, finalmente, al pago de los mismos. Por último, en los antecedentes tenidos a la vista, no consta que se haya efectuado la devolución de retenciones del contrato. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe de División División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 032227N19, de 16 de diciembre de 2019.
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