Contraloría General de la República · N° 030667N10
Dictamen N° 30.667, de 9 de junio de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 30.667 Fecha: 09-VI-2010 Mediante su oficio N° 928, del año en curso, la Contraloría Regional de Los Ríos ha enviado para su estudio las resoluciones N os 265 y 297, ambas 2010, del Servicio de Salud Valdivia, que aprueban respectivamente, el contrato para la ejecución de la obra "Construcción Hospital de Corral" y una modificación a la anterior. Sobre el particular, esta División de Infraestructura y Regulación cumple con manifestar que esa Contraloría Regional debe abstenerse de tomar razón de las indicadas resoluciones, en atención a que no consta que la ejecución de la obra de que se trata cuente con el financiamiento suficiente para atender el pago de $ 5.960.153.176, que se requiere para su ejecución -por cuanto el decreto N° 168, de 2010, del Ministerio de Hacienda, que dispone los fondos asignados, solo contempla en total la cantidad de $ 3.843.000.000-, lo que infringe el principio de legalidad del gasto. Sin perjuicio de lo anterior, en el oficio de representación que esa Contraloría Regional elabore, deberá advertir que, de acuerdo con los antecedentes, parte del terreno en el cual se ubica el proyecto, se encuentra emplazado en una zona de extensión urbana clasificada como ZEx-1 en el plano PRC-COR-01a del Plan Regulador Comunal de Corral, promulgado mediante la resolución N° 87, de 1996, del Gobierno Regional de Los Lagos, en la cual no se admite el destino Hospitales. Asimismo, deberá indicar que se observa que en el límite sur del emplazamiento de la obra, existe una zona de "protección de vertientes y cauces naturales de agua" -ZR-2-, que en el plan regulador comunal de Corral indicado, se define como no edificable en los términos que señala. Finalmente, en el oficio de representación debe consignarse también que corresponde que la autoridad pondere las recomendaciones del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada, atendidas las características del predio en el que se construiría el establecimiento. Restitúyanse a esa Sede Regional las resoluciones y sus antecedentes. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Abogado Jefe División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 030667N10, de 9 de junio de 2010.
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