Contraloría General de la República · N° 065675N14
Dictamen N° 65.675, de 26 de agosto de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 65.675 Fecha: 26-VIII-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-5644, conducida por su funcionario, señor José Arturo Barra Espinoza, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 8 de abril de 2014, ese servidor se desplazaba en el citado móvil por la Avenida Fermín Vivaceta, y próximo a la intersección con la Avenida Domingo Santa María, en la comuna de Independencia, colisionó con un vehículo particular que efectuó una maniobra indebida de viraje a la izquierda, lo que la Subprefectura de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 100, de 2014, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la referida comuna. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 223, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $221.697, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor José Arturo Barra Espinoza, por los daños causados en la motocicleta fiscal M-5644; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 065675N14, de 26 de agosto de 2014.
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