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Contraloría General de la República · N° 084828N15

Dictamen N° 84.828, de 26 de octubre de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 84.828 Fecha: 26-X-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-5098, conducido por su funcionario, señor Guilmo Wladimir Pezo Velasquez, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 25 de febrero de 2013, ese servidor se desplazaba en el citado furgón por calle San Jaime, y al llegar a la intersección con calle Arturo Prat, en la comuna de Tirúa, fue colisionado por una camioneta particular que ingresó al cruce de vías sin ceder el derecho preferente de paso al vehículo policial, a lo que se encontraba obligado por acceder este último desde la derecha y por una arteria distinta, lo que la Subcomisaría I.A.T. Concepción, en su oficio N° 4, sin fecha, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la comuna de Cañete. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 72, de 2014, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Biobío, ascendieron a la suma de $1.906.071, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Guilmo Wladimir Pezo Velasquez, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-5098; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 084828N15, de 26 de octubre de 2015.

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