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Contraloría General de la República · N° 046060N13

Dictamen N° 46.060, de 22 de julio de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 46.060 Fecha: 22-VII-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-2943, conducido por su funcionario, señor Mauricio Gerardo Cuitiño Proboste, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 25 de diciembre de 2012, ese servidor se desplazaba en el citado móvil por calle Jerusalén, y al llegar a la intersección con el Pasaje 3, en la comuna de Bulnes, fue colisionado por una bicicleta, conducida por un menor de edad, el que ingresó al cruce de vías sin respetar la señal Ceda el Paso que enfrentaba, lo que la Subcomisaría I.A.T. y Carreteras Ñuble, en su oficio N° 16, de 2012, estableció como causa del accidente, efectuándose la respectiva denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los daños producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 14, de 2013, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Concepción, ascendieron a la suma de $9.800, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Mauricio Gerardo Cuitiño Proboste, por los daños producidos en el automóvil fiscal RP-2943; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 046060N13, de 22 de julio de 2013.

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