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Contraloría General de la República · N° 068640N11

Dictamen N° 68.640, de 28 de octubre de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 68.640 Fecha: 28-X-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Directora del Instituto de Salud Pública de Chile, para solicitar un pronunciamiento sobre el derecho que le asistiría al señor Luis Guzmán Muñoz, funcionario de esa dependencia, al pago de las bonificaciones previstas en los artículos 4° y 5° de la ley N°19.490. Manifiesta la entidad consultante que, a su juicio, el aludido servidor tendría derecho al entero de la asignación contemplada en el artículo 5° de la citada ley N° 19.490, asociada al grado de cumplimiento de las metas anuales fijadas para cada equipo, unidad o área de trabajo, atendido que se desempeñó ininterrumpidamente en alguna de las entidades que la norma indica, contribuyendo al cumplimiento de los objetivos fijados. Sobre el particular, cabe indicar que el artículo 4° de la aludida ley N° 19.490, establece para los funcionarios de planta y a contrata pertenecientes, entre otros, al Instituto de Salud Pública y a la Subsecretaría de Salud Pública, una bonificación por desempeño institucional en el porcentaje que indica, por las metas alcanzadas en el año precedente a su retribución, quienes, en conformidad al inciso octavo del aludido artículo, deben haber sido calificados en el período inmediatamente anterior al entero de la bonificación, debiendo agregarse, acorde a lo informado, entre otros, en los dictámenes N os 37.735, de 2009 y 51.273, de 2011, de este origen, que éstos, además, deberán encontrarse en funciones a la fecha de su pago. En este sentido, resulta necesario advertir que la asignación en comento constituye un incentivo al desempeño de los empleados en un determinado servicio, de lo que se infiere que las exigencias para su otorgamiento deben cumplirse sólo en éste, no siendo útiles para los fines que interesan, por ejemplo, los desempeños en uno diferente, aun cuando con ello se haya contribuido al cumplimiento de las metas. Ahora bien, en lo que nos interesa, aparece que el peticionario trabajó en la Subsecretaría de Salud Pública, durante el año 2010, época de cumplimiento de metas, y que, a contar del 3 de enero de 2011 presta funciones en el Instituto de Salud Pública de Chile, por lo que no ha tenido derecho a la percepción del beneficio reclamado, toda vez que, mientras laboró en la Subsecretaría de Salud, si bien dio observancia a las exigencias de haberse desempeñado durante el año de cumplimiento de metas y ser calificado, no se encontraba prestando servicios en aquella a la data del pago, esto es, en el año 2011, del mismo modo, tampoco le asiste tal prerrogativa por su actual contratación, dado que no cumple con los requerimientos anotados. En lo que respecta al beneficio previsto en el artículo 5° de la referida ley N° 19.490, cabe indicar, que el mismo establece para el personal de planta y a contrata -entre otros-, de las Subsecretarías del Ministerio de Salud, una asignación que contendrá un componente base y otro variable, asociado este último, al grado de cumplimiento de las metas anuales fijadas para cada equipo, unidad o área de trabajo, sin solución de continuidad, durante todo el año objeto de la evaluación, y que se encuentre, además, en servicio al momento del pago, tal como ha sido reconocido en la jurisprudencia contenida, entre otros, en los dictámenes N os 51.243, de 2008, 20.267 y 51.964, ambos de 2009, de este Organismo Fiscalizador. Como puede advertirse, para efectos de la asignación en estudio, resulta igualmente aplicable lo señalado para la bonificación por desempeño institucional, en orden a que las exigencias para su percepción deben cumplirse copulativamente en el mismo servicio. En consecuencia y atendido lo expuesto, resulta forzoso concluir que don Luis Guzmán Muñoz, no cumple con los presupuestos legales para la percepción de las asignaciones analizadas. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 068640N11, de 28 de octubre de 2011.

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