Contraloría General de la República · N° 061042N11
Dictamen N° 61.042, de 27 de septiembre de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 61.042 Fecha: 27-IX-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Jaime Abett de la Torre Monardes, ex funcionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento que determine si la decisión adoptada por el Club Aéreo del Personal de Carabineros, en orden a no restituirle los aportes que efectuara a esa organización, se ajusta a derecho. Requerido su informe, la mencionada institución policial ha manifestado, en síntesis, que el referido Club Aéreo es una Corporación de Derecho Privado, sin fines de lucro, regida por el título XXXIII del Libro I del Código Civil, cuyos estatutos fueron aprobados por el decreto N° 3.176, de 1948, del Ministerio de Justicia. Sobre el particular, cabe indicar que el artículo 1° de la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, dispone que a esta Entidad le corresponde fiscalizar el debido ingreso e inversión de los fondos del Fisco, de las Municipalidades, de la Beneficencia Pública y de los otros Servicios que determinen las leyes; verificar el examen y juzgamiento de las cuentas que deben rendir las personas o entidades que tengan a su cargo fondos o bienes de esas instituciones y de los demás servicios o entidades sometidos por ley a su fiscalización. Por consiguiente, atendido, por una parte, que el Club Aéreo del Personal de Carabineros es una persona jurídica de derecho privado y, por otra, que la situación planteada no dice relación con el uso de fondos públicos, corresponde que esta Contraloría General se abstenga de emitir el pronunciamiento solicitado, tal como ha sido resuelto, en un caso similar, en el dictamen N° 43.913, de 2011, de este origen. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 061042N11, de 27 de septiembre de 2011.
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